Disposiciones generales. . (2023/208-8)
Orden de 24 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la Línea 1 subvenciones individuales y Línea 14 subvenciones institucionales en el ámbito privado para programas y mantenimiento de las personas mayores en la esfera de las competencias de esta Consejería para el ejercicio 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023

página 16535/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 24 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad, por la que se da publicidad al incremento de crédito
disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, a la Línea 1 subvenciones individuales y Línea 14 subvenciones
institucionales en el ámbito privado para programas y mantenimiento de las
personas mayores en la esfera de las competencias de esta Consejería para el
ejercicio 2023.
Mediante Orden de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de 20
de junio de 2023 (BOJA núm. 123, de 29 de junio de 2023), se convocan subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con
discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y
garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas
LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación
social, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
para el ejercicio 2023, para las Líneas de subvenciones que en la misma se detallan,
entre ellas la Línea 1: Subvenciones individuales para personas mayores y la Línea 14:
Subvenciones institucionales para Programas y Mantenimiento en el ámbito de las
personas mayores.

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS

CUANTÍA MÁXIMA
(en euros)

Línea 1. Subvenciones individuales para
personas mayores

1800010000 G/31R/48804/00 01

444.615,60

Línea 14. Subvenciones institucionales para
Programas y Mantenimiento en el ámbito de las
personas mayores

1800010000 G/31R/48803/00 01

233.469,22
191.158,12
Total: 424.627,34

DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA

El dispositivo «Decimonoveno. Créditos Adicionales» establece que la presente
convocatoria podrá ser ampliada con una cuantía adicional máxima de 33.000 euros en
la Línea 1 y 9.000 euros en la Línea 14, respectivamente, cuya aplicación a la concesión
de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de esta cuantía
adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa
aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior,
en cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención. La declaración de
créditos disponibles, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no
implicará la apertura de un plazo para la presentación de nuevas solicitudes, ni el inicio
de un nuevo cómputo del plazo para adoptar y notificar la resolución.
Una vez aprobado el crédito definitivo correspondiente a la convocatoria de esta
línea de subvenciones, con carácter previo a la emisión de las respectivas propuestas
provisionales de resolución, procede la declaración del nuevo crédito disponible con
objeto de incrementar la dotación presupuestaria destinada a las solicitudes que reúnan
los requisitos exigidos en la normativa aplicable.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 161/2022, de 9 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad, en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291525

Para la Línea 1 y la Línea 14 se destina el importe que a continuación se especifica, y
con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican: