Disposiciones generales. . (2023/208-7)
Orden de 19 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023

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general conocimiento, será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en
los términos previstos en el apartado 18 del cuadro resumen. En tal caso, el plazo de
presentación de solicitudes finalizará el día de esta publicación. La conclusión del plazo
podrá declararse de forma independiente para cada provincia.
Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo. La resolución de
inadmisión será notificada personalmente.
6. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento de concesión.
Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento son los
establecidos en el apartado 12 del cuadro resumen. De conformidad con lo establecido
en el artículo 16 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, la instrucción de las solicitudes
se efectuará siguiendo el orden correlativo de entrada de las mismas en el Registro de
la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales
correspondiente a la vecindad administrativa de la persona interesada, siempre que
exista consignación presupuestaria.
7. Plazo para resolver y notificar el procedimiento de concesión.
El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento se fija hasta el 31
de diciembre de 2023. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiera dictado y
notificado la resolución expresa, legitima a la persona interesada para entender
desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
De conformidad con el artículo 6 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, se
declara la tramitación de urgencia y prioridad del presente procedimiento de concesión
de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, por afectar a la gestión de proyectos financiables con fondos europeos. En
ningún caso será objeto de reducción la duración de los plazos referidos a la presentación
de solicitudes y de recursos. Asimismo, se declara el despacho prioritario del presente
procedimiento administrativo.
8. Obligaciones específicas.
Respecto a las obligaciones que establece esta Orden, además de las previstas
en la normativa reguladora en materia de subvenciones, resulta de aplicación la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en particular las siguientes:
• Suscripción de una Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses.
• Cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran
afectar al ámbito objeto de gestión, conforme al articulo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (Anexo IV, Modelo C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre).
• Concesión de los derechos y accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la
OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales
competentes, ejerzan sus competencias.
• Publicidad de las actuaciones financiadas con el Fondo comunitario, de acuerdo
con el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241) del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, así como en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
• Toda la documentación que se genere debe recoger los elementos identificativos
del PRTR en los términos del Manual de Marca del PRTR del Gobierno de España.
Asimismo, resulta de aplicación el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento y del Consejo, de 12 de febrero, relativo a la obligación de recabar y asegurar
el acceso a las categorías armonizadas de datos.
9. Análisis de riesgo de conflicto de intereses y Declaraciones de Ausencia de
Conflicto de Interés. En relación con los mecanismos para la prevención, detección y
corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, resultan de aplicación
obligatoria a este procedimiento las medidas específicas incluidas en el Plan de Medidas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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