Disposiciones generales. . (2023/208-7)
Orden de 19 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ANOficial
EXO II y III de la Junta de Andalucía
Boletín
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
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ORGANISMO:
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
10.b) Órgano al que se dirigirán las solicitudes: Personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería
competente en materia de servicios sociales.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de
Andalucía, a través de la dirección electrónica,
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado,
presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros electrónicos:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado,
presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y registros:
- Preferentemente, las solicitudes se presentarán en la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de
Andalucía: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml
- En los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía.
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas
de firma electrónica: No procede.
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar
la resolución expresa y notificarla: Registro de la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de
servicios sociales de la provincia correspondiente a la vecindad administrativa de la persona solicitante.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 12).
00291526
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán
en:
Convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24985.html
El extracto de la convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24985.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ANOficial
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Boletín
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
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ORGANISMO:
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
10.b) Órgano al que se dirigirán las solicitudes: Personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería
competente en materia de servicios sociales.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de
Andalucía, a través de la dirección electrónica,
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado,
presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros electrónicos:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado,
presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y registros:
- Preferentemente, las solicitudes se presentarán en la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de
Andalucía: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml
- En los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía.
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas
de firma electrónica: No procede.
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar
la resolución expresa y notificarla: Registro de la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de
servicios sociales de la provincia correspondiente a la vecindad administrativa de la persona solicitante.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 12).
00291526
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán
en:
Convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24985.html
El extracto de la convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24985.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja