3. Otras disposiciones. . (2023/207-51)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Alcalá del Río (Sevilla). Ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Viernes, 27 de octubre de 2023
página 16466/7
por incumplimiento de los principios presupuestarios contenidos en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y sus normas de desarrollo3 se incluyen en la opinión de fiscalización de cumplimiento de la legalidad.
10.
Los trabajos se han llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo. En concreto, con las ISSAI-ES 100 “Principios
fundamentales de fiscalización del Sector Público”, ISSAI-ES 200 “Principios fundamentales de la
fiscalización o auditoría financiera, ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales de la fiscalización de
cumplimiento”, las Normas Internacionales de Auditoría adaptadas al Sector Público Español
(NIAS-Es-SP) y las Guías Prácticas de Fiscalización de los Órganos de Control Externo (GPF-OCEX)
aplicables.
Dichas normas exigen que la CCA cumpla los requerimientos de ética, así como que planifique y
ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable respecto de la situación del
estado de liquidación del presupuesto de gastos del Ayuntamiento, una seguridad limitada respecto del resto de Estados Contables de la Cuenta General y una seguridad razonable de que la
entidad fiscalizada cumple con el marco normativo que le resulta de aplicación. (§ Apéndice 7.1)
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos de auditoría para obtener evidencia
suficiente y adecuada sobre la que fundamentar la opinión, conclusiones y recomendaciones
emitidas.
Los procedimientos seleccionados dependen del juicio auditor, incluida la valoración de los riesgos de incumplimientos debidos a fraude o error. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el
auditor tiene en cuenta el control interno relevante con el fin de diseñar los procedimientos de
auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar
una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad.
11.
Para la realización del trabajo, de acuerdo con la Resolución 16 de febrero de 2022 de la CCA, se
ha contado con la colaboración de la firma auditora Ernst & Young SL, asumiendo la Institución
la dirección y supervisión de los trabajos. La CCA ha elaborado el presente informe sobre el trabajo realizado por la sociedad de auditoría.
12.
La comprensión adecuada del presente informe requiere que se tenga en cuenta el contexto
global del mismo. Cualquier conclusión hecha sobre un párrafo o epígrafe pudiera no tener sentido aisladamente considerada.
13.
Los trabajos de campo de la fiscalización han concluido el 4 de abril de 2023.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pro el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28
de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
3
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291445
La evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para
fundamentar la opinión financiera de la Liquidación del Presupuesto de Gasto y la opinión en la
fiscalización del cumplimiento de legalidad.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Viernes, 27 de octubre de 2023
página 16466/7
por incumplimiento de los principios presupuestarios contenidos en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y sus normas de desarrollo3 se incluyen en la opinión de fiscalización de cumplimiento de la legalidad.
10.
Los trabajos se han llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo. En concreto, con las ISSAI-ES 100 “Principios
fundamentales de fiscalización del Sector Público”, ISSAI-ES 200 “Principios fundamentales de la
fiscalización o auditoría financiera, ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales de la fiscalización de
cumplimiento”, las Normas Internacionales de Auditoría adaptadas al Sector Público Español
(NIAS-Es-SP) y las Guías Prácticas de Fiscalización de los Órganos de Control Externo (GPF-OCEX)
aplicables.
Dichas normas exigen que la CCA cumpla los requerimientos de ética, así como que planifique y
ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable respecto de la situación del
estado de liquidación del presupuesto de gastos del Ayuntamiento, una seguridad limitada respecto del resto de Estados Contables de la Cuenta General y una seguridad razonable de que la
entidad fiscalizada cumple con el marco normativo que le resulta de aplicación. (§ Apéndice 7.1)
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos de auditoría para obtener evidencia
suficiente y adecuada sobre la que fundamentar la opinión, conclusiones y recomendaciones
emitidas.
Los procedimientos seleccionados dependen del juicio auditor, incluida la valoración de los riesgos de incumplimientos debidos a fraude o error. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el
auditor tiene en cuenta el control interno relevante con el fin de diseñar los procedimientos de
auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar
una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad.
11.
Para la realización del trabajo, de acuerdo con la Resolución 16 de febrero de 2022 de la CCA, se
ha contado con la colaboración de la firma auditora Ernst & Young SL, asumiendo la Institución
la dirección y supervisión de los trabajos. La CCA ha elaborado el presente informe sobre el trabajo realizado por la sociedad de auditoría.
12.
La comprensión adecuada del presente informe requiere que se tenga en cuenta el contexto
global del mismo. Cualquier conclusión hecha sobre un párrafo o epígrafe pudiera no tener sentido aisladamente considerada.
13.
Los trabajos de campo de la fiscalización han concluido el 4 de abril de 2023.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pro el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28
de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
3
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291445
La evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para
fundamentar la opinión financiera de la Liquidación del Presupuesto de Gasto y la opinión en la
fiscalización del cumplimiento de legalidad.