3. Otras disposiciones. . (2023/207-40)
Orden de 24 de octubre de 2023, de la Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la declaración de situación de excepcional sequía en zonas de la demarcación hidrográfica del Guadalete-Barbate y las medidas a adoptar.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Viernes, 27 de octubre de 2023
página 16509/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 24 de octubre de 2023, de la Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, para la declaración de situación de excepcional sequía en
zonas de la demarcación hidrográfica del Guadalete-Barbate y las medidas a
adoptar.
La Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, contempla en el artículo 63.3
la competencia de la persona titular de la Consejería competente en materia de agua
para declarar la entrada y salida de los sistemas en aquellas fases que representen
restricciones de uso del recurso, previo informe de la Comisión para la Gestión de la
Sequía.
El Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía
hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las
Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía, establece los indicadores
hidrológicos de entrada y salida en situación de sequía prolongada, excepcional y
escasez, así como las medidas excepcionales a adoptar en dichas situaciones para la
gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias
de Andalucía, además de las condiciones a partir de las cuales se considerará que dicha
situación de excepcionalidad ha sido superada.
El citado decreto, en la letra c) del artículo 2, define las circunstancias que se han de
dar para la declaración de escasez severa, así como en la letra d) del mismo artículo, las
circunstancias necesarias para la declaración de excepcional sequía.
Ante la situación en la que se encuentran zonas pertenecientes a la Demarcación
Hidrográfica Guadalete-Barbate, se hace necesario considerar la modificación del estado
de sequía en varias de las mismas.
Por otra parte, expuesta esta situación en la Comisión para la Gestión de la Sequía de
la Demarcación Hidrográfica del Guadalete-Barbate, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 22.1 del Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan los Órganos
Colegiados de Participación Administrativa y Social de la Administración Andaluza del
Agua, reunida con fecha 11 de octubre de 2023, ha emitido informe favorable a las
modificaciones presentadas así como a las medidas a adoptar.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.b) del Decreto 178/2021, de 15
de junio, por la Dirección General de Infraestructuras del Agua, el 20 de octubre de 2023,
se ha emitido propuesta para la realización de las modificaciones en el estado de sequía
aprobadas.
En su virtud, a propuesta del Director General de Infraestructuras del Agua, de
conformidad con lo previsto en el artículo 1.b) del Decreto 178/2021, de 15 de junio, y el
artículo 63.3 de la Ley 9/2010, de 30 de julio,
Primero. Objeto.
1. Declarar la situación de excepcional sequía en el Sistema Guadalete, coincidente
con la UTE02 del vigente PES de la Demarcación Hidrográfica del Guadalete-Barbate.
En dicho Sistema se adoptarán las siguientes medidas:
En el uso urbano, se activarán planes de ahorro del agua en las Unidades de
Demanda Urbana con el objetivo de alcanzar el 20% de reducción en el abastecimiento
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291487
DISPONGO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Viernes, 27 de octubre de 2023
página 16509/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 24 de octubre de 2023, de la Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, para la declaración de situación de excepcional sequía en
zonas de la demarcación hidrográfica del Guadalete-Barbate y las medidas a
adoptar.
La Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, contempla en el artículo 63.3
la competencia de la persona titular de la Consejería competente en materia de agua
para declarar la entrada y salida de los sistemas en aquellas fases que representen
restricciones de uso del recurso, previo informe de la Comisión para la Gestión de la
Sequía.
El Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía
hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las
Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía, establece los indicadores
hidrológicos de entrada y salida en situación de sequía prolongada, excepcional y
escasez, así como las medidas excepcionales a adoptar en dichas situaciones para la
gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias
de Andalucía, además de las condiciones a partir de las cuales se considerará que dicha
situación de excepcionalidad ha sido superada.
El citado decreto, en la letra c) del artículo 2, define las circunstancias que se han de
dar para la declaración de escasez severa, así como en la letra d) del mismo artículo, las
circunstancias necesarias para la declaración de excepcional sequía.
Ante la situación en la que se encuentran zonas pertenecientes a la Demarcación
Hidrográfica Guadalete-Barbate, se hace necesario considerar la modificación del estado
de sequía en varias de las mismas.
Por otra parte, expuesta esta situación en la Comisión para la Gestión de la Sequía de
la Demarcación Hidrográfica del Guadalete-Barbate, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 22.1 del Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan los Órganos
Colegiados de Participación Administrativa y Social de la Administración Andaluza del
Agua, reunida con fecha 11 de octubre de 2023, ha emitido informe favorable a las
modificaciones presentadas así como a las medidas a adoptar.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.b) del Decreto 178/2021, de 15
de junio, por la Dirección General de Infraestructuras del Agua, el 20 de octubre de 2023,
se ha emitido propuesta para la realización de las modificaciones en el estado de sequía
aprobadas.
En su virtud, a propuesta del Director General de Infraestructuras del Agua, de
conformidad con lo previsto en el artículo 1.b) del Decreto 178/2021, de 15 de junio, y el
artículo 63.3 de la Ley 9/2010, de 30 de julio,
Primero. Objeto.
1. Declarar la situación de excepcional sequía en el Sistema Guadalete, coincidente
con la UTE02 del vigente PES de la Demarcación Hidrográfica del Guadalete-Barbate.
En dicho Sistema se adoptarán las siguientes medidas:
En el uso urbano, se activarán planes de ahorro del agua en las Unidades de
Demanda Urbana con el objetivo de alcanzar el 20% de reducción en el abastecimiento
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291487
DISPONGO