3. Otras disposiciones. . (2023/207-38)
Decreto 261/2023, de 24 de octubre, por el que se autoriza la enajenación de todas las acciones que la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía titula en la Sociedad Mercantil Ferias Jaén, S.A.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Viernes, 27 de octubre de 2023
página 40010/2
De conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo,
del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la pérdida de la condición de
partícipe mayoritario, directa o indirectamente, así como la enajenación de todas las
acciones de que la Comunidad Autónoma disponga en la sociedad, requerirá previa
autorización del Consejo de Gobierno.
Esta actuación supone una reducción de la participación del sector público andaluz
en entidades que participan libremente en el mercado, continuando con el esfuerzo para
alcanzar mayor eficacia, reducción de costes y racionalización.
En su virtud, a solicitud del Director Gerente de la Agencia de Gestión Agraria
y Pesquera de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural, de conformidad con el artículo 94 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de
Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 210.1 del Reglamento
para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, y previa deliberación del Consejo
de Gobierno en su reunión del día 24 de octubre de 2023,
DISPONGO
Primero. Autorizar la enajenación del 100% de acciones que la Agencia de Gestión
Agraria y Pesquera de Andalucía titula en la Sociedad Mercantil Ferias Jaén, S.A., de
forma directa a la Diputación Provincial de Jaén por el valor nominal de las mismas.
Segundo. El presente decreto surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de octubre de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN CRESPO DÍAZ
00291497
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Viernes, 27 de octubre de 2023
página 40010/2
De conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo,
del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la pérdida de la condición de
partícipe mayoritario, directa o indirectamente, así como la enajenación de todas las
acciones de que la Comunidad Autónoma disponga en la sociedad, requerirá previa
autorización del Consejo de Gobierno.
Esta actuación supone una reducción de la participación del sector público andaluz
en entidades que participan libremente en el mercado, continuando con el esfuerzo para
alcanzar mayor eficacia, reducción de costes y racionalización.
En su virtud, a solicitud del Director Gerente de la Agencia de Gestión Agraria
y Pesquera de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural, de conformidad con el artículo 94 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de
Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 210.1 del Reglamento
para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, y previa deliberación del Consejo
de Gobierno en su reunión del día 24 de octubre de 2023,
DISPONGO
Primero. Autorizar la enajenación del 100% de acciones que la Agencia de Gestión
Agraria y Pesquera de Andalucía titula en la Sociedad Mercantil Ferias Jaén, S.A., de
forma directa a la Diputación Provincial de Jaén por el valor nominal de las mismas.
Segundo. El presente decreto surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de octubre de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN CRESPO DÍAZ
00291497
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja