Autoridades y personal. . (2023/206-46)
Resolución de fecha 19 de octubre de 2023, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo del Ayuntamiento de Marbella (Málaga), mediante el sistema de libre designación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023

página 16386/3

Cuarta. Presentación de solicitudes de participación y documentación.
4.1. Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Alcaldía-Presidencia del
Excmo. Ayuntamiento de Marbella, debiendo ser presentadas dentro de los 15 días hábiles
siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.2. Las solicitudes se presentarán a través del Registro Electrónico de la Sede
Electrónica del Ayuntamiento de Marbella, así como por cualquiera de los restantes
medios previstos por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.3. La instancia solicitando tomar parte de la convocatoria expresará que los candidatos
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. A la solicitud se acompañará relación
de méritos profesionales y académicos, en la que conste los títulos académicos, años de
servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios
y cursos, así como cualquier otro mérito que se estime oportuno poner de manifiesto.
Los méritos alegados por los candidatos se acreditarán mediante la presentación de
documentos públicos administrativos originales o copias simples de los mismos.
Los méritos alegados se computarán hasta el último día, inclusive, del plazo de
presentación de solicitudes de participación.
La presentación de solicitud para participar en la convocatoria para la provisión
definitiva del puesto de trabajo al que se refieren las presentes bases, comportará la
plena aceptación de las mimas.
4.4. Justo a las especificaciones anteriormente indicadas, para la resolución de la
presente convocatoria se tendrá especialmente en cuenta la experiencia y la formación
que a continuación se relacionan:
a) Experiencia en puesto de trabajo de Titular de Órgano de Apoyo a Junta de
Gobierno Local.
b) Formación en las siguientes materias: gerencia pública Local; gestión pública
local; contratación pública local; concesiones de servicios públicos; régimen jurídico del
empleo público; planificación y gestión de recursos humanos, y régimen jurídico de la
responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
Quinta. Procedimiento.
5.1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Junta de Gobierno Local del
Excmo. Ayuntamiento de Marbella, previa constatación de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados
por los aspirantes, procederá a adoptar el acuerdo correspondiente, en el plazo de un
mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el
artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen
jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
5.2. De dicho acuerdo se dará traslado al órgano competente de la Comunidad
Autónoma y al Ministerio de Hacienda y Función Pública, para su anotación y publicación
en el Boletín Oficial del Estado.

Séptima. Régimen impugnado.
7.1. la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de
ella, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas previstos
por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, así como por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sexta. Plazo posesorio.
6.1. El plazo posesorio será el establecido en el apartado 1 del artículo 41 del real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen de los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.