3. Otras disposiciones. . (2023/206-79)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión del personal laboral de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA). Ejercicio 2020.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 16462/3
1
El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía (CCA) acordó incluir en el Plan de Actuaciones
para el año 2021 la realización de un informe denominado Fiscalización de cumplimiento de la
gestión de personal laboral de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA).
2
La fiscalización de la gestión de personal laboral de la Agencia se configura como de
cumplimiento de legalidad, lo que supone llevar a cabo la verificación de que aquélla cumple con
las normas legales, reglamentarias, estatutarias y de procedimiento, identificadas como marco
legal, aplicables al área de personal.
3
La presente fiscalización se ha centrado en la obtención de evidencia suficiente, adecuada y
pertinente sobre el cumplimiento, en todos los aspectos significativos, del marco normativo
aplicable al área de personal de la AGAPA con el objeto de emitir una opinión en términos de
seguridad razonable.
4
La AGAPA se constituyó el 30 de abril del 2011 por Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que
se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, asumiendo
todas las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de la Empresa Pública de
Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A. (DAPSA) la cual quedó extinguida simultáneamente, y
quedando integrado su personal en la Agencia.
5
Los mismos han sufrido hasta la fecha una única modificación por el Decreto 538/2012, de 28 de
diciembre, que modificó su estructura organizativa general.
6
La Agencia, de conformidad con el art. 11.1 de la Ley 1/2011, de reordenación del sector público
de Andalucía, se configura como agencia de régimen especial de las previstas en el art. 54.2.c, y
reguladas en los arts. 71 a 74 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía (LAJA) para la realización de sus fines institucionales en régimen de autonomía de
gestión.
7
Dicho fin comprende la ejecución de las políticas orientadas a alcanzar los objetivos básicos
previstos en el art. 10.3.13 del Estatuto de Autonomía para Andalucía que le sean asignadas por
la consejería competente en materia agraria y pesquera a la cual se encuentre adscrita, en el
ejercicio fiscalizado, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
(CAGPDS).
8
La AGAPA tiene como misión prestar servicios especializados e innovadores para el desarrollo y
la innovación de los ámbitos rural, agrario, pesquero y agroalimentario, fomentando un
desarrollo equilibrado y sostenible como instrumento al servicio de las administraciones.
9
Desarrolla sus fines en el marco de los planes y programas que determine la consejería citada, la
cual fija los objetivos y directrices de actuación de aquélla, efectúa el seguimiento de su actividad
y ejerce el control de eficacia y financiero de acuerdo con la normativa vigente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291442
1. INTRODUCCIÓN
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 16462/3
1
El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía (CCA) acordó incluir en el Plan de Actuaciones
para el año 2021 la realización de un informe denominado Fiscalización de cumplimiento de la
gestión de personal laboral de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA).
2
La fiscalización de la gestión de personal laboral de la Agencia se configura como de
cumplimiento de legalidad, lo que supone llevar a cabo la verificación de que aquélla cumple con
las normas legales, reglamentarias, estatutarias y de procedimiento, identificadas como marco
legal, aplicables al área de personal.
3
La presente fiscalización se ha centrado en la obtención de evidencia suficiente, adecuada y
pertinente sobre el cumplimiento, en todos los aspectos significativos, del marco normativo
aplicable al área de personal de la AGAPA con el objeto de emitir una opinión en términos de
seguridad razonable.
4
La AGAPA se constituyó el 30 de abril del 2011 por Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que
se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, asumiendo
todas las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de la Empresa Pública de
Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A. (DAPSA) la cual quedó extinguida simultáneamente, y
quedando integrado su personal en la Agencia.
5
Los mismos han sufrido hasta la fecha una única modificación por el Decreto 538/2012, de 28 de
diciembre, que modificó su estructura organizativa general.
6
La Agencia, de conformidad con el art. 11.1 de la Ley 1/2011, de reordenación del sector público
de Andalucía, se configura como agencia de régimen especial de las previstas en el art. 54.2.c, y
reguladas en los arts. 71 a 74 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía (LAJA) para la realización de sus fines institucionales en régimen de autonomía de
gestión.
7
Dicho fin comprende la ejecución de las políticas orientadas a alcanzar los objetivos básicos
previstos en el art. 10.3.13 del Estatuto de Autonomía para Andalucía que le sean asignadas por
la consejería competente en materia agraria y pesquera a la cual se encuentre adscrita, en el
ejercicio fiscalizado, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
(CAGPDS).
8
La AGAPA tiene como misión prestar servicios especializados e innovadores para el desarrollo y
la innovación de los ámbitos rural, agrario, pesquero y agroalimentario, fomentando un
desarrollo equilibrado y sostenible como instrumento al servicio de las administraciones.
9
Desarrolla sus fines en el marco de los planes y programas que determine la consejería citada, la
cual fija los objetivos y directrices de actuación de aquélla, efectúa el seguimiento de su actividad
y ejerce el control de eficacia y financiero de acuerdo con la normativa vigente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291442
1. INTRODUCCIÓN