Autoridades y personal. . (2023/206-59)
Resolución de 20 de octubre de 2023, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de este Consejo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 16375/9
Tercera. Solicitud y plazo de presentación.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán a los modelos
normalizados que se incorporan como Anexo IV (solicitud de participación en el
concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo), Anexo V (petición de
puesto de estructura y autobaremación), Anexo VI (petición de puesto de nivel básico y
autobaremación), Anexo VII (relación de puestos de trabajo solicitados en convocatorias
simultáneas del concurso de méritos por orden de preferencia), Anexo VIII (acreditación
y aportación de documentación relativa a requisitos y méritos del personal no inscrito en
el Registro General de Personal y de requisitos no susceptibles de inscripción registral
para el comprendido en su ámbito) y Anexo IX (declaración y consentimiento sobre el
cumplimiento del artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección
integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia).
2. Por cada puesto solicitado de entre los ofertados, sea o no vacante, deberá
cumplimentarse un modelo de petición de puesto y autobaremo, conforme al Anexo V y/o
VI. A estos efectos se considerará, en su caso, un solo puesto aquellos incluidos en un
mismo código de la RPT.
3. Cuando se soliciten puestos de trabajo que figuren identificados en la RPT con la
característica «contacto hab. menor» se deberá cumplimentar el Anexo IX, que habilitará
al órgano convocante para realizar la consulta sobre la inexistencia de antecedentes
sobre delitos sexuales, salvo que conste en el mismo su oposición expresa, en cuyo caso
habrá de aportar certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En el supuesto de no proceder según lo indicado, los referidos puestos se considerarán
como no solicitados. Asimismo, si en el momento de la adjudicación de alguno de
dichos puestos quedase acreditado que existen antecedentes en el Registro Central de
Delincuentes Sexuales, las personas solicitantes quedarán excluidas de la participación
en la adjudicación de los mismos.
4. Quienes participen de forma simultánea en más de una convocatoria del concurso
de méritos deberán cumplimentar un único Anexo VII, en el que establecerán un orden
de preferencia común para todas ellas que recoja conjuntamente todos los puestos
solicitados en las distintas convocatorias en las que se participe, siendo este orden el
aplicable en detrimento de los órdenes parciales establecidos en cada convocatoria y
constituyendo su omisión causa de exclusión de su participación en todos esos concursos.
Solo se admitirán los puestos solicitados en el Anexo V y/o VI que sean coincidentes
con los relacionados en el Anexo VII; en caso contrario, los puestos relacionados en
ambos anexos que no sean coincidentes se tendrán por no solicitados.
5. El Anexo VIII sólo deberá cumplimentarse por el personal que no pertenezca a la
Administración General de la Junta de Andalucía (AE), (AL), (AX), (AS), o se encuentre
en situación distinta a la de activo, y así lo manifieste en su solicitud de participación, a
efectos de acreditación de requisitos y justificación de méritos valorables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291354
b) Con un año de experiencia en puesto relacionado con dicha formación. En este
sentido se tendrá en cuenta la experiencia en el mismo área funcional, relacional o
agrupación de áreas, siempre que las funciones del puesto desempeñado se correspondan
con la formación requerida.
c) Con una titulación académica relacionada con la formación exigida.
7. Cumplimiento de los requisitos de participación.
Los requisitos de participación exigidos deberán mantenerse a lo largo del proceso de
concurso y hasta el momento de la toma de posesión en el puesto adjudicado. No obstante
lo anterior, en aquellos supuestos en los que se produzca un cambio de la adscripción
orgánica de los puestos convocados en los términos previstos en el apartado primero
de la presente resolución, el cumplimiento del requisito de dos años para participar fuera
del ámbito de la Consejería, el Consejo o la Agencia de destino, se entenderá referido al
momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 16375/9
Tercera. Solicitud y plazo de presentación.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán a los modelos
normalizados que se incorporan como Anexo IV (solicitud de participación en el
concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo), Anexo V (petición de
puesto de estructura y autobaremación), Anexo VI (petición de puesto de nivel básico y
autobaremación), Anexo VII (relación de puestos de trabajo solicitados en convocatorias
simultáneas del concurso de méritos por orden de preferencia), Anexo VIII (acreditación
y aportación de documentación relativa a requisitos y méritos del personal no inscrito en
el Registro General de Personal y de requisitos no susceptibles de inscripción registral
para el comprendido en su ámbito) y Anexo IX (declaración y consentimiento sobre el
cumplimiento del artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección
integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia).
2. Por cada puesto solicitado de entre los ofertados, sea o no vacante, deberá
cumplimentarse un modelo de petición de puesto y autobaremo, conforme al Anexo V y/o
VI. A estos efectos se considerará, en su caso, un solo puesto aquellos incluidos en un
mismo código de la RPT.
3. Cuando se soliciten puestos de trabajo que figuren identificados en la RPT con la
característica «contacto hab. menor» se deberá cumplimentar el Anexo IX, que habilitará
al órgano convocante para realizar la consulta sobre la inexistencia de antecedentes
sobre delitos sexuales, salvo que conste en el mismo su oposición expresa, en cuyo caso
habrá de aportar certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En el supuesto de no proceder según lo indicado, los referidos puestos se considerarán
como no solicitados. Asimismo, si en el momento de la adjudicación de alguno de
dichos puestos quedase acreditado que existen antecedentes en el Registro Central de
Delincuentes Sexuales, las personas solicitantes quedarán excluidas de la participación
en la adjudicación de los mismos.
4. Quienes participen de forma simultánea en más de una convocatoria del concurso
de méritos deberán cumplimentar un único Anexo VII, en el que establecerán un orden
de preferencia común para todas ellas que recoja conjuntamente todos los puestos
solicitados en las distintas convocatorias en las que se participe, siendo este orden el
aplicable en detrimento de los órdenes parciales establecidos en cada convocatoria y
constituyendo su omisión causa de exclusión de su participación en todos esos concursos.
Solo se admitirán los puestos solicitados en el Anexo V y/o VI que sean coincidentes
con los relacionados en el Anexo VII; en caso contrario, los puestos relacionados en
ambos anexos que no sean coincidentes se tendrán por no solicitados.
5. El Anexo VIII sólo deberá cumplimentarse por el personal que no pertenezca a la
Administración General de la Junta de Andalucía (AE), (AL), (AX), (AS), o se encuentre
en situación distinta a la de activo, y así lo manifieste en su solicitud de participación, a
efectos de acreditación de requisitos y justificación de méritos valorables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291354
b) Con un año de experiencia en puesto relacionado con dicha formación. En este
sentido se tendrá en cuenta la experiencia en el mismo área funcional, relacional o
agrupación de áreas, siempre que las funciones del puesto desempeñado se correspondan
con la formación requerida.
c) Con una titulación académica relacionada con la formación exigida.
7. Cumplimiento de los requisitos de participación.
Los requisitos de participación exigidos deberán mantenerse a lo largo del proceso de
concurso y hasta el momento de la toma de posesión en el puesto adjudicado. No obstante
lo anterior, en aquellos supuestos en los que se produzca un cambio de la adscripción
orgánica de los puestos convocados en los términos previstos en el apartado primero
de la presente resolución, el cumplimiento del requisito de dos años para participar fuera
del ámbito de la Consejería, el Consejo o la Agencia de destino, se entenderá referido al
momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.