5. Anuncios. . (2023/206-81)
Anuncio de 31 de agosto de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por el que se hace público el otorgamiento de un Permiso de Investigación, sito en la provincia de Granada. (PP. 2734/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 14116/4
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos,
Política Industria y Energía en Granada es competente para resolver de conformidad con
lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/81, de 24 de abril, y Real Decreto 4164/1982, de
29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración del
Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas; art. 49 y 58.2.3.º
de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía
para Andalucía; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, modificada por la Ley 4/2012, artículo 8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público; el Decreto del Presidente 10/2022, de 26 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente
13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de
25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y por la Corrección de errores del
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
y el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por
el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de
Andalucía, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y sus modificaciones, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo. Considerando lo establecido en el artículo 52.2 de la Ley 22/1973, de 21
de julio, de Minas, y lo previsto en el artículo 71.2 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de
agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería,
donde se establece el procedimiento para tramitación del otorgamiento de permisos
de investigación para Recursos de la Sección D) y se señala que corresponde a esta
Delegación Territorial resolver el otorgamiento solicitado y el el perímetro de demarcación
propuesto.
Tercero. Es de aplicación lo previsto en los artículos 4.2 y 5.2 del Real Decreto
975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de
protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
RESU ELV E
Segundo. Aprobar el Plan de Restauración requerido en el Decreto 975/2009, de 12
de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y
rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras imponiendo un aval de 9.500 €
que deberá ser depositado antes del inicio de los trabajos mecánicos previstos de
realización de labores mecánicas (sondeos y balsas) y los siguientes condicionantes:
1. Se atenderá lo previsto por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible
recogido en los antecedentes de hecho octavo y decimosexto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289118
Primero. Otorgar a la mercantil Explotaciones Geotérmicas y Termales, S.L., y al
Ayuntamiento de Alamedilla el permiso de investigación denominado «Alamedilla Termal»
Núm. 30.822-1 para recursos de la Sección D) geotermia, por un periodo de vigencia de
tres años y una extensión de 36 cuadrículas mineras, en los términos municipales de
Alamedilla y Pedro Martínez de la provincia de Granada. El perímetro del derecho minero
se ha reflejado en el correspondiente plano de demarcación con código: KVK670 y a
continuación, donde se reflejan las coordenadas geográficas en el Datum ETRS89 Huso
30. Vértice P-1 3º15’0’’W 37º36’0’’N, P-2 3º13’0’’W 37º36’0’’N, P-3 3º13’0’’W 37º34’0’’N,
P-4 3º15’0’’W 37º34’0’’N.
BOJA
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 14116/4
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos,
Política Industria y Energía en Granada es competente para resolver de conformidad con
lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/81, de 24 de abril, y Real Decreto 4164/1982, de
29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración del
Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas; art. 49 y 58.2.3.º
de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía
para Andalucía; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, modificada por la Ley 4/2012, artículo 8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público; el Decreto del Presidente 10/2022, de 26 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente
13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de
25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y por la Corrección de errores del
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
y el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por
el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de
Andalucía, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y sus modificaciones, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo. Considerando lo establecido en el artículo 52.2 de la Ley 22/1973, de 21
de julio, de Minas, y lo previsto en el artículo 71.2 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de
agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería,
donde se establece el procedimiento para tramitación del otorgamiento de permisos
de investigación para Recursos de la Sección D) y se señala que corresponde a esta
Delegación Territorial resolver el otorgamiento solicitado y el el perímetro de demarcación
propuesto.
Tercero. Es de aplicación lo previsto en los artículos 4.2 y 5.2 del Real Decreto
975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de
protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
RESU ELV E
Segundo. Aprobar el Plan de Restauración requerido en el Decreto 975/2009, de 12
de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y
rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras imponiendo un aval de 9.500 €
que deberá ser depositado antes del inicio de los trabajos mecánicos previstos de
realización de labores mecánicas (sondeos y balsas) y los siguientes condicionantes:
1. Se atenderá lo previsto por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible
recogido en los antecedentes de hecho octavo y decimosexto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289118
Primero. Otorgar a la mercantil Explotaciones Geotérmicas y Termales, S.L., y al
Ayuntamiento de Alamedilla el permiso de investigación denominado «Alamedilla Termal»
Núm. 30.822-1 para recursos de la Sección D) geotermia, por un periodo de vigencia de
tres años y una extensión de 36 cuadrículas mineras, en los términos municipales de
Alamedilla y Pedro Martínez de la provincia de Granada. El perímetro del derecho minero
se ha reflejado en el correspondiente plano de demarcación con código: KVK670 y a
continuación, donde se reflejan las coordenadas geográficas en el Datum ETRS89 Huso
30. Vértice P-1 3º15’0’’W 37º36’0’’N, P-2 3º13’0’’W 37º36’0’’N, P-3 3º13’0’’W 37º34’0’’N,
P-4 3º15’0’’W 37º34’0’’N.