Disposiciones generales. . (2023/205-3)
Orden de 5 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 16 de marzo de 2023, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas por la parada temporal por reducción del esfuerzo pesquero de la flota que faena en el caladero nacional del Mediterráneo, en la modalidad de arrastre de fondo, prevista en la Orden de 2 de septiembre de 2022, y su extracto.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 205 - Miércoles, 25 de octubre de 2023

página 16313/2

esfuerzo pesquero de la flota de arrastre de fondo con puerto base en Andalucía que
faena en el caladero Mediterráneo, reguladas en la Orden de 2 de septiembre de 2022,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de
la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en la cuantía total
máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se
indican:
Línea de ayuda
Ayuda a la parada temporal por
reducción del esfuerzo pesquero
de la flota con puerto base en
Andalucía de la modalidad de
arrastre de fondo que faena en el
caladero Mediterráneo.
TOTAL DISPONIBLE 2023

Partidas presupuestarias

Cuantía máxima (euros)

1400120000/G/71P/47300/00/G2311145G6 Armadores: 1.500.000,00
1400120000/G/71P/47300/00/G4130204A6 Armadores: 10.000,00
1400120000/G/71P/48300/00/G2311145G6 Tripulantes: 604.200,00
1400120000/G/71P/48300/00/G4130204A6 Tripulantes: 10.000,00
2.104.200,00

2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 2.104.200,00 euros,
no pudiendo superarse la citada cuantía.
Los créditos que subvencionan la parada temporal de la actividad pesquera con
cargo al Fondo Europeo Marítimo y de pesca (FEMP) estarán cofinanciados en un 50%
con fondos procedentes del FEMP y el otro 50% con fondos procedentes de la de la
Administración General del Estado.
Los créditos que subvencionan la parada temporal de la actividad pesquera con cargo
al Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) están cofinanciados en
un 70% con fondos procedentes del FEMPA y el otro 30% con fondos procedentes de la
Administración General del Estado.
En el caso de que se produzca un eventual aumento de crédito máximo disponible
para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá
dictar una resolución de concesión de la subvención, incorporando en esta resolución a
los solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de
persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito
consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento de
los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía.»

«1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2022, las
ayudas destinadas a la paralización temporal de la actividad pesquera por reducción del
esfuerzo pesquero de la flota de arrastre de fondo con puerto base en Andalucía que
faena en el caladero Mediterráneo, reguladas en la Orden de 2 de septiembre de 2022,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291291

Segundo. La modificación del extracto de la Orden de 16 de marzo de 2023, por la
que se convocan para el año 2022, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre
de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas
en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad
pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco
del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en
relación con la parada temporal por reducción del esfuerzo pesquero de la flota que
faena en el caladero nacional del Mediterráneo en la modalidad de arrastre de fondo, que
ha tenido lugar durante el año 2022.
Se modifica el punto 1 del apartado primero, que queda redactado como sigue: