Disposiciones generales. . (2023/204-2)
Orden de 16 de octubre de 2023, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas y edificios de tipología residencial colectiva, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Martes, 24 de octubre de 2023

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ANEXO II

4. ALEGACIONES/ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN PROPUESTA
Habiéndose publicado la propuesta provisional de resolución de la Convocatoria de Subvenciones, la solicitud ha sido:
CONCEDIDA PROVISIONALMENTE.
DESESTIMADA.
Por lo que, dentro del plazo concedido en la propuesta:
ACEPTO la subvención propuesta provisionalmente.
DESISTO de la solicitud.
ALEGO lo siguiente:

5. DERECHO DE OPOSICIÓN
El órgano gestor va a consultar los siguientes datos, en el caso de que no esté de acuerdo, manifieste su oposición (artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre):
ME OPONGO a la consulta de los datos de identidad de la persona solicitante, en el caso de no optar por la presentación
electrónica, a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, y aporto copia del DNI/NIE.
ME OPONGO a la consulta de los datos de identidad de la persona representante a través del Sistema de Verificación de
Datos de Identidad, y aporto copia del DNI/NIE.
ME OPONGO a la consulta del documento de certificación catastral relativo al inmueble objeto de esta solicitud a través
de la Sede Electrónica del Catastro, y aporto la documentación acreditativa donde se recoja la titularidad de la vivienda y
la fecha de finalización, la referencia catastral y la superficie de la misma, según los puntos 15.a) 2.c) y 15.a) 2.d) del
cuadro resumen de las Bases Reguladoras.

6. DOCUMENTACIÓN
Presento la siguiente documentación, según el apartado 15 del cuadro resumen de la línea 1 de las bases reguladoras:
En el caso de que la solicitud venga suscrita por el representante de la persona interesada, documentación acreditativa de
la representación o apoderamiento del solicitante.
En su caso, contrato de arrendamiento y acuerdo entre las personas propietaria y arrendataria relativo a que esta última
costee a su cargo las actuaciones a realizar, con cargo a parte o la totalidad de la renta arrendaticia, así como oposición, en
su caso, de la persona propietaria.
Informe técnico suscrito por una persona con titulación técnica competente conforme a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre,
con fecha anterior a la solicitud de la subvención y con el contenido previsto en el apartado 4.a)2º.2.c) del cuadro resumen
de las Bases Reguladoras.
Proyecto técnico de las actuaciones a realizar que incluirá el presupuesto desglosado por partidas. Para el caso de que las
actuaciones no exijan proyecto, se aportará una memoria suscrita por una persona con titulación técnica competente en la
que se justifique la adecuación de la actuación al Código Técnico de la Edificación y demás normativa de aplicación, cuya
documentación mínima será: descripción, presupuesto desglosado por partidas y planos.
Presupuesto de ejecución de las obras o actuaciones, con el correspondiente IVA desglosado, y su aceptación por la
persona solicitante. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación sobre
contratos del sector público para el contrato menor, deberán presentarse como mínimo tres ofertas de diferentes
empresas y, en su caso, justificación de la elección del presupuesto cuando la misma no recaiga en la oferta económica
mas ventajosa entre las solicitadas, que deberán aportarse con dicha justificación, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00291204

006616/A02

Documentos acreditativos de los gastos subvencionables relativos a honorarios de los profesionales intervinientes, el coste
de la redacción de proyectos, en su caso, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación
administrativa y tributos debidamente justificados.

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