Autoridades y personal. . (2023/202-33)
Resolución de 13 de octubre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de contrato para cubrir la vacante producida tras incorporación del personal selecionado predoctoral asociado al proyecto.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Viernes, 20 de octubre de 2023

página 16043/3

Tercera. Carácter del contrato.
La duración del contrato no podrá ser inferior a un año, ni exceder de la fecha de
vigencia del proyecto al que está asociado, prevista inicialmente el 30 de junio de 2025,
quedando la continuidad del contrato condicionada al cumplimiento de los requisitos para
su continuidad y al avance en el programa de doctorado, pudiendo verse interrumpido
si dicho avance no fuese satisfactorio a criterio de sus directores y de la Comisión
Académica responsable del programa, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
El disfrute de un contrato queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades,
a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas. La concesión del contrato no implica por parte
de la Universidad de Cádiz ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del
interesado a su plantilla.
El personal investigador predoctoral en formación podrá colaborar en tareas docentes,
previa autorización del investigador responsable, del Departamento y del Vicerrectorado
competente en Ordenación Académica, sin que suponga una merma de la carga docente
del Departamento que asigne la colaboración hasta un máximo de 180 horas durante la
extensión total del contrato predoctoral, y sin que en ningún caso se puedan superar las
60 horas anuales. En ningún caso las tareas docentes podrán desvirtuar la dedicación a
la finalidad investigadora y formativa del contrato.
Cuarta. Retribuciones del contrato.
Las retribuciones del contrato serán las especificadas en el Anexo I. Las cuantías
contempladas podrán sufrir las variaciones que establezcan las normas que les sean de
aplicación o por causas sobrevenidas no previstas inicialmente.

Sexta. Duración del contrato.
La fecha fin del contrato será la prevista inicialmente para la fecha fin del proyecto al
que está asociado, la cual está prevista inicialmente el 30 de junio de 2025, quedando
la continuidad del contrato condicionada al cumplimiento de los requisitos y al avance
en el programa de doctorado, pudiendo verse interrumpido si dicho avance no fuese
satisfactorio a criterio de sus directores y de la Comisión Académica responsable del
programa, debiéndose cumplir los siguientes criterios para la continuidad del contrato a
partir de la finalización de la primera anualidad:
Para la continuación que suponga el paso de la primera a la segunda anualidad, se
establece como criterio haber superado el Plan de Investigación dentro del Programa de
Doctorado en el que se encuentre matriculado antes de finalización del primer año de
contrato predoctoral. Su justificación documental se realizará mediante la aportación del
Certificado de la Comisión Académica en el que se informe de la superación del Plan de
Investigación.
Mediante requerimiento del Servicio de Gestión de la Investigación, del Área de
Investigación y Transferencia, el beneficiario del contrato deberá remitir en el plazo
de 10 días hábiles, desde la recepción de dicha notificación a ese mismo Servicio la
documentación justificativa que acredite que cumple con los requisitos de renovación
señalados en el apartado anterior.
Dicho requerimiento se efectuará con anterioridad a la reunión de la Comisión de
Investigación más próxima a la finalización de la anualidad correspondiente. Una vez
pasado dicho plazo no se aceptará documentación alguna, entendiéndose que desiste de
la renovación del contrato.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinta. Efectos del contrato.
El contrato surtirá efecto desde la fecha indicada en el mismo, tras la firma del
interesado y del órgano competente de la Universidad de Cádiz.