Disposiciones generales. . (2023/202-2)
Corrección de errores de la Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (BOJA núm. 63, de 3.4.2023).
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Viernes, 20 de octubre de 2023

página 16079/2

del recinto resultante tras ser aplicado el coeficiente de subvencionabilidad de pastos
que corresponda al recinto, así como, las limitaciones que se detallan en el apartado
siguiente.»
Debe decir:
«4. En el caso de la ganadería en las operaciones 6501.3.1. Compromisos de fomento
y gestión sostenible de pastos, 6503.1. Conversión a prácticas y métodos de agricultura
y ganadería ecológica y 6503.2. Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura y
ganadería ecológica, se deberá tener en cuenta que la superficie subvencionable de un
recinto de pastos permanentes será la superficie determinada del recinto resultante tras
ser aplicado el coeficiente de subvencionabilidad de pastos que corresponda al recinto,
así como, las limitaciones que se detallan en el apartado siguiente.»

En la página 6198/34, en lo relativo a los compromisos de la OPERACIÓN 6501.2.6.
UVA PASA, donde dice:
«2. Realizar piletas en la base de las cepas. El compromiso se extendería a las cepas
de al menos el 20% de la superficie de la explotación al año, de forma que en los 5
años de compromiso se hayan elaborado piletas en el 100% de la explotación ocupada
por la uva pasa. La primera labor («fragar») se permite desde el 1 de diciembre, del
año de presentación de la solicitud de ayuda, hasta el 15 de febrero, del año siguiente.
La segunda «arropar» desde el 1 de abril hasta el 15 de mayo del año siguiente al de
presentación de la solicitud de ayuda. Estas labores se realizarán para cada anualidad
del período de compromiso en los plazos indicados.
A efectos de verificación del cumplimiento de los compromisos indicados, los
solicitantes deberán presentar antes del 30 de abril del año siguiente al que corresponda
la solicitud de pago, preferentemente en el registro de la Delegación Territorial en cuyo
ámbito territorial se encuentre la mayor parte de la superficie de la explotación, copia del
registro documental durante todos los años del período de compromisos, con los datos
referentes a los compromisos agroambientales, cuyo contenido mínimo se especifica en
el modelo que figura en el Anexo IX de la presente orden.»
Debe decir:
«2. Realizar piletas en la base de las cepas. El compromiso se extendería a las cepas
de al menos el 20% de la superficie de la explotación al año, de forma que en los 5
años de compromiso se hayan elaborado piletas en el 100% de la explotación ocupada
por la uva pasa. La primera labor («fragar») se permite desde el 1 de diciembre, del
año de presentación de la solicitud de ayuda, hasta el 15 de febrero, del año siguiente.
La segunda «arropar» desde el 1 de abril hasta el 15 de mayo del año siguiente al de
presentación de la solicitud de ayuda. Estas labores se realizarán para cada anualidad
del período de compromiso en los plazos indicados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291053

En la página 6198/30, Disposición transitoria segunda. Fecha de inscripción de
Registros Oficiales para el año 2023, donde dice:
«6. El requisito relativo a la inscripción de las explotaciones en el Registro de
Explotaciones Ganaderas de Andalucía con relación a la operación 6505.1.1 Fomento de
razas autóctonas, así como para ésta última la exigencia de pertenecer a una asociación
de criadores oficialmente reconocida que registra el libro genealógico y el programa de
mejora de la raza, será exigido respecto a la fecha de 15 de junio de 2023.»
Debe decir:
«6. El requisito relativo a la inscripción de las explotaciones en el Registro de
Explotaciones Ganaderas de Andalucía con relación a la operación 6505.1.1 Fomento de
razas autóctonas, así como para ésta última la exigencia de pertenecer a una asociación
de criadores oficialmente reconocida que registra el libro genealógico y el programa de
mejora de la raza, será exigido respecto a la fecha de 15 de junio de 2023. Asimismo, las
UGM comprometidas, serán las registradas en SIGGAN a igual fecha.»