Disposiciones generales. . (2023/200-3)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se aprueba el Modelo de Informe de persona auditora o empresa de auditoría de los incentivos para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía acogidos al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto de 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Miércoles, 18 de octubre de 2023

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- Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se reasignan las partidas del presupuesto para las
actuaciones previstas en la Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convocan para los años 2020 y
2021 los incentivos para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía acogidos al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto.
- Real Decreto 36/2023. de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético (Disposición adicional tercera:
Financiación de los programas MOVES II y PREE con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resilencia MRR).
- Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se modifica la Resolución de 26 de octubre de 2020, por la que se
convocan los incentivos para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía.

FECHA DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN (DD/MM/AAAA):
FECHA 1 DE MODIFICIACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN (DD/MM/AAAA):
FECHA 2 DE MODIFICIACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN (DD/MM/AAAA):
FECHA 3 DE MODIFICIACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN (DD/MM/AAAA):
IMPORTE DEL INCENTIVO:
FECHA LÍMITE DE EJECUCIÓN (DD/MM/AAAA):
FECHA LÍMITE DE JUSTIFICACIÓN (DD/MM/AAAA):
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA:

FECHA DE INICIO DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA (DD/MM/AAAA):
FECHA DE FIN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA (DD/MM/AAAA):
Documentación requerida para la justificación de la actuación, sometida a revisión del auditor, y que se adjunta como anexo
a este informe*:
Anexo I.- Cuenta justificativa suscrita por el representante legal de la entidad beneficiaria y sellada a efectos de identificación por
parte de la entidad responsable de esta auditoría, según modelo publicado en la página web de la Agencia Andaluza de la Energía.
Anexo II.- Informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto del incentivo de acuerdo con la documentación
presentada en la solicitud del incentivo, emitido por organismo de control o entidad de control que cumpla los requisitos técnicos
establecidos en el Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo marzo, por el que se desarrollan los requisitos exigibles a las entidades de
control de calidad de la edificación y a los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación, para el ejercicio de su
actividad o por entidad de control habilitada para el campo reglamentario de las instalaciones térmicas reguladas por la Ley
21/1992, de 16 de julio, de Industria y el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la
infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, en la especialidad o especialidades que mejor se adecuen a la naturaleza de
la actuación.
Anexo III.- Documentación acreditativa del valor de mercado de los gastos subvencionables conforme lo establecido en el
apartado 31.3 de la Ley General de Subvenciones: se deberán presentar tres ofertas de diferentes proveedores, cuando el importe
del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación sobre Contratos del Sector Público para los contratos
menores. Se deberá aportar además, una memoria que justifique razonablemente la elección del proveedor cuando la misma no
haya recaído en la oferta económicamente más ventajosa en su caso, o documentación justificativa sobre el proceso de
contratación en el caso de entidades beneficiarias con política de compras auditadas, o resolución de adjudicación del contrato
junto a la lista de chequeo de cumplimiento de la normativa de contratación pública para entidades sometidas a la legislación
sobre contratos del sector público, en los términos previstos en el apartado 2.2.g) punto 2 del resuelve décimo de la Resolución de
26 de octubre de 2020.
Anexo IV.- Listado de chequeo, en el caso de entidades sometidas a la legislación de contratos del sector público.

00290929

(*) Además de la documentación que es objeto de revisión en el informe de auditoría, para completar la justificación de la
actuación incentivada, el beneficiario deberá aportar la siguiente documentación:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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