3. Otras disposiciones. . (2023/199-45)
Orden de 9 de octubre de 2023, por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, aprobado por Real Decreto 689/2023, de 18 de julio.
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Número 199 - Martes, 17 de octubre de 2023
página 15837/3
Capítulo VII. Medidas de protección de las masas de agua
Sección I. Medidas relativas a la alteración de las condiciones morfológicas de las
masas de agua
Artículo 31. Conservación, mantenimiento y mejora de cauces
Artículo 32. Ruptura de la continuidad del cauce
Artículo 33. Protección del dominio público hidráulico y zonas asociadas
Artículo 34. Criterios generales de diseño para obras de protección, modificaciones
en los cauces y obras de paso
Artículo 35. Actuaciones menores de conservación en el dominio público
hidráulico y zona de policía
Artículo 36. Caudal sólido
Artículo 37. Extracción de áridos
Sección II. Medidas relativas a la protección de las masas de agua subterráneas
Artículo 38. Características de las masas de agua subterránea. Valoración de su
estado cuantitativo
Artículo 39. Declaración de masas de aguas subterráneas sometidas a control
preventivo
Artículo 40. Declaración de masas de agua subterráneas en riesgo de no alcanzar
el buen estado
Artículo 41. Protección de aguas subterráneas frente a la intrusión de aguas
salinas
Artículo 42. Protección de aguas subterráneas frente a la contaminación difusa
Artículo 43. Otras medidas relativas a la protección de las masas de agua
subterránea
Artículo 44. Recarga artificial de masas de agua subterránea
Sección III. Medidas para la utilización del dominio público hidráulico
Artículo 45. Condicionantes a los documentos técnicos para la utilización del
dominio público hidráulico
Artículo 46. Condicionantes a los aprovechamientos de aguas superficiales
Artículo 47. Condicionantes a los aprovechamientos de aguas subterráneas
Artículo 48. Condicionantes específicos en los aprovechamientos geotérmicos
para climatización
Artículo 49. Medidas generales relativas al régimen concesional y de
autorizaciones
Artículo 50. Limitaciones a los plazos concesionales
Artículo 51. Medidas relativas a concesiones y de autorizaciones para uso en
abastecimiento
Artículo 52. Medidas generales relativas a concesiones y autorizaciones para uso
en regadíos
Artículo 53. Medidas relativas a usos privativos por disposición legal
Artículo 54. Medidas relativas a las concesiones de agua para obtención de
energía
Artículo 55. Medidas relativas a los usos de agua para generación de hidrógeno
renovable
Artículo 56. Autorizaciones y concesiones de aguas residuales regeneradas
Artículo 57. Autorizaciones y concesiones para la desalación de aguas marinas o
salobres y para el uso de aguas desaladas
Artículo 58. Uso conjunto
Artículo 59. Control de volúmenes de agua utilizados, retornos y vertidos
Artículo 60. Actuaciones previas para la inscripción de los aprovechamientos de
aguas públicas adquiridos por disposición legal relativos a las zonas regables
de iniciativa pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290813
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 15837/3
Capítulo VII. Medidas de protección de las masas de agua
Sección I. Medidas relativas a la alteración de las condiciones morfológicas de las
masas de agua
Artículo 31. Conservación, mantenimiento y mejora de cauces
Artículo 32. Ruptura de la continuidad del cauce
Artículo 33. Protección del dominio público hidráulico y zonas asociadas
Artículo 34. Criterios generales de diseño para obras de protección, modificaciones
en los cauces y obras de paso
Artículo 35. Actuaciones menores de conservación en el dominio público
hidráulico y zona de policía
Artículo 36. Caudal sólido
Artículo 37. Extracción de áridos
Sección II. Medidas relativas a la protección de las masas de agua subterráneas
Artículo 38. Características de las masas de agua subterránea. Valoración de su
estado cuantitativo
Artículo 39. Declaración de masas de aguas subterráneas sometidas a control
preventivo
Artículo 40. Declaración de masas de agua subterráneas en riesgo de no alcanzar
el buen estado
Artículo 41. Protección de aguas subterráneas frente a la intrusión de aguas
salinas
Artículo 42. Protección de aguas subterráneas frente a la contaminación difusa
Artículo 43. Otras medidas relativas a la protección de las masas de agua
subterránea
Artículo 44. Recarga artificial de masas de agua subterránea
Sección III. Medidas para la utilización del dominio público hidráulico
Artículo 45. Condicionantes a los documentos técnicos para la utilización del
dominio público hidráulico
Artículo 46. Condicionantes a los aprovechamientos de aguas superficiales
Artículo 47. Condicionantes a los aprovechamientos de aguas subterráneas
Artículo 48. Condicionantes específicos en los aprovechamientos geotérmicos
para climatización
Artículo 49. Medidas generales relativas al régimen concesional y de
autorizaciones
Artículo 50. Limitaciones a los plazos concesionales
Artículo 51. Medidas relativas a concesiones y de autorizaciones para uso en
abastecimiento
Artículo 52. Medidas generales relativas a concesiones y autorizaciones para uso
en regadíos
Artículo 53. Medidas relativas a usos privativos por disposición legal
Artículo 54. Medidas relativas a las concesiones de agua para obtención de
energía
Artículo 55. Medidas relativas a los usos de agua para generación de hidrógeno
renovable
Artículo 56. Autorizaciones y concesiones de aguas residuales regeneradas
Artículo 57. Autorizaciones y concesiones para la desalación de aguas marinas o
salobres y para el uso de aguas desaladas
Artículo 58. Uso conjunto
Artículo 59. Control de volúmenes de agua utilizados, retornos y vertidos
Artículo 60. Actuaciones previas para la inscripción de los aprovechamientos de
aguas públicas adquiridos por disposición legal relativos a las zonas regables
de iniciativa pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290813
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía