Disposiciones generales. . (2023/198-5)
Orden de 10 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se modifica la Orden de 9 de diciembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Lunes, 16 de octubre de 2023
página 15799/2
En otro orden de cosas, esta orden da cumplimiento a los principios de publicidad,
transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación; eficacia en el
cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en
la asignación y utilización de los fondos públicos, exigidos en el Título VII del Texto
Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
Estas subvenciones se tramitarán por el procedimiento ordinario de concesión, que
se iniciará siempre de oficio, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Además, en su elaboración se ha garantizado la transversalidad del
principio de igualdad de género, de acuerdo con la Ley 12/2007, de 26 de noviembre,
para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
En el procedimiento de elaboración de esta orden, se ha considerado necesario
prescindir del trámite de consulta pública previa, dado que la norma no impone
obligaciones relevantes a los destinatarios, distintas a las que ya se habían impuesto por
la Orden de 9 de diciembre de 2020 objeto de modificación, y entendiendo que se está
regulando un aspecto parcial de una materia ya regulada en aquélla.
Por otra parte, durante la fase de audiencia e información pública los organismos,
entidades, colectivos y personas afectadas por la norma han dispuesto de acceso y
conocimiento del contenido del proyecto y de los documentos propios de su proceso de
elaboración a través de su publicación en la página web de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad y en el portal de «Participación pública en proyectos
normativos» de la Junta de Andalucía.
En su virtud, en uso de las competencias conferidas por el artículo 118.1 del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 26.2.a) de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Artículo único. Modificación de la Orden de 9 de diciembre de 2020, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto
Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y
federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación
social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la
violencia contra las mujeres.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan o se
opongan a lo dispuesto en la presente orden.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290776
El Cuadro Resumen de la Orden de 9 de diciembre de 2020, por la que se aprueban
las citadas bases reguladoras de subvenciones, queda modificado en sus apartados 2.a),
4.a), 5.a), 5.c).1º, 5.c).2º, 9.a), 12.a), 15.a), 15.b), 23.b), 26.d), 26.f) y 27.b), cuyos textos
se insertan en el mencionado Cuadro Resumen, al objeto de favorecer el conocimiento y
localización de éstos por las personas interesadas.
La información asociada al procedimiento regulado en esta orden se encuentra
disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios, con el código 22293.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Lunes, 16 de octubre de 2023
página 15799/2
En otro orden de cosas, esta orden da cumplimiento a los principios de publicidad,
transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación; eficacia en el
cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en
la asignación y utilización de los fondos públicos, exigidos en el Título VII del Texto
Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
Estas subvenciones se tramitarán por el procedimiento ordinario de concesión, que
se iniciará siempre de oficio, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Además, en su elaboración se ha garantizado la transversalidad del
principio de igualdad de género, de acuerdo con la Ley 12/2007, de 26 de noviembre,
para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
En el procedimiento de elaboración de esta orden, se ha considerado necesario
prescindir del trámite de consulta pública previa, dado que la norma no impone
obligaciones relevantes a los destinatarios, distintas a las que ya se habían impuesto por
la Orden de 9 de diciembre de 2020 objeto de modificación, y entendiendo que se está
regulando un aspecto parcial de una materia ya regulada en aquélla.
Por otra parte, durante la fase de audiencia e información pública los organismos,
entidades, colectivos y personas afectadas por la norma han dispuesto de acceso y
conocimiento del contenido del proyecto y de los documentos propios de su proceso de
elaboración a través de su publicación en la página web de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad y en el portal de «Participación pública en proyectos
normativos» de la Junta de Andalucía.
En su virtud, en uso de las competencias conferidas por el artículo 118.1 del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 26.2.a) de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Artículo único. Modificación de la Orden de 9 de diciembre de 2020, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto
Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y
federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación
social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la
violencia contra las mujeres.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan o se
opongan a lo dispuesto en la presente orden.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290776
El Cuadro Resumen de la Orden de 9 de diciembre de 2020, por la que se aprueban
las citadas bases reguladoras de subvenciones, queda modificado en sus apartados 2.a),
4.a), 5.a), 5.c).1º, 5.c).2º, 9.a), 12.a), 15.a), 15.b), 23.b), 26.d), 26.f) y 27.b), cuyos textos
se insertan en el mencionado Cuadro Resumen, al objeto de favorecer el conocimiento y
localización de éstos por las personas interesadas.
La información asociada al procedimiento regulado en esta orden se encuentra
disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios, con el código 22293.