Disposiciones generales. . (2023/197-3)
Orden de 9 de octubre de 2023, del Consejero de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueba el Plan de Prevención de Riesgos Laborales para la gestión de la prevención de riesgos laborales en la Consejería.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Viernes, 13 de octubre de 2023
página 15707/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Orden de 9 de octubre de 2023, del Consejero de Industria, Energía y Minas,
por la que se aprueba el Plan de Prevención de Riesgos Laborales para la
gestión de la prevención de riesgos laborales en la Consejería.
En su virtud, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 7.2 del Decreto
304/2011, de 11 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa de prevención
de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de
Andalucía, previo informe favorable de la Dirección General competente en materia de
Seguridad y Salud Laboral, y consultados los órganos de representación del personal
funcionario y laboral de los servicios centrales de esta Consejería, a propuesta de la
Secretaría General Técnica, y al amparo de las competencias conferidas por la legislación
vigente,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290681
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece la
obligación del empresario de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en todos
los aspectos relacionados con el trabajo. El artículo 16 de la citada ley establece que la
prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la
empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos
de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos
laborales.
El Decreto 304/2011, de 11 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa
de prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de
la Junta de Andalucía, establece los principios, competencias, procedimientos y criterios
técnicos y organizativos por los que se ha de regir la prevención de riesgos laborales y,
en particular, la elaboración y aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales en
cada Consejería, agencia administrativa y agencia de régimen especial, el cual debe ser
aprobado por orden de la persona titular de la correspondiente Consejería.
Finalmente, la Resolución de 11 de diciembre de 2012, de la Dirección General
de Seguridad y Salud Laboral de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empleo de la
Junta de Andalucía, por la que se aprueba la Guía Técnica para la elaboración de los
planes de prevención de las Consejerías y agencias de la Administración de la Junta de
Andalucía y se establecen criterios para su aplicación, da cumplimiento al artículo 7.1
del Decreto 304/2011, de 11 de octubre, desarrollando con un mayor nivel de detalle las
bases y criterios para la elaboración de los planes de prevención y, en particular, de los
procedimientos de gestión de la prevención, con las metodologías comunes que habrán
de adoptarse.
En cumplimiento del mandato legal contenido en el Decreto 304/2011, de 11 de octubre,
corresponde la aprobación del presente Plan de Prevención de Riesgos Laborales, en el
que se introducen aquellos aspectos que hacen posible la integración en la Consejería de
las políticas en materia de seguridad y salud laboral así como los principios, compromisos
y responsabilidades a seguir en el ejercicio de las actividades, procesos y servicios que
se desarrollarán con el establecimiento de diversos procedimientos. Sus principales retos
son tanto implementar la seguridad y la salud laboral como promover una cultura de
prevención que garantice el cumplimiento efectivo de los deberes preventivos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Viernes, 13 de octubre de 2023
página 15707/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Orden de 9 de octubre de 2023, del Consejero de Industria, Energía y Minas,
por la que se aprueba el Plan de Prevención de Riesgos Laborales para la
gestión de la prevención de riesgos laborales en la Consejería.
En su virtud, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 7.2 del Decreto
304/2011, de 11 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa de prevención
de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de
Andalucía, previo informe favorable de la Dirección General competente en materia de
Seguridad y Salud Laboral, y consultados los órganos de representación del personal
funcionario y laboral de los servicios centrales de esta Consejería, a propuesta de la
Secretaría General Técnica, y al amparo de las competencias conferidas por la legislación
vigente,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290681
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece la
obligación del empresario de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en todos
los aspectos relacionados con el trabajo. El artículo 16 de la citada ley establece que la
prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la
empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos
de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos
laborales.
El Decreto 304/2011, de 11 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa
de prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de
la Junta de Andalucía, establece los principios, competencias, procedimientos y criterios
técnicos y organizativos por los que se ha de regir la prevención de riesgos laborales y,
en particular, la elaboración y aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales en
cada Consejería, agencia administrativa y agencia de régimen especial, el cual debe ser
aprobado por orden de la persona titular de la correspondiente Consejería.
Finalmente, la Resolución de 11 de diciembre de 2012, de la Dirección General
de Seguridad y Salud Laboral de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empleo de la
Junta de Andalucía, por la que se aprueba la Guía Técnica para la elaboración de los
planes de prevención de las Consejerías y agencias de la Administración de la Junta de
Andalucía y se establecen criterios para su aplicación, da cumplimiento al artículo 7.1
del Decreto 304/2011, de 11 de octubre, desarrollando con un mayor nivel de detalle las
bases y criterios para la elaboración de los planes de prevención y, en particular, de los
procedimientos de gestión de la prevención, con las metodologías comunes que habrán
de adoptarse.
En cumplimiento del mandato legal contenido en el Decreto 304/2011, de 11 de octubre,
corresponde la aprobación del presente Plan de Prevención de Riesgos Laborales, en el
que se introducen aquellos aspectos que hacen posible la integración en la Consejería de
las políticas en materia de seguridad y salud laboral así como los principios, compromisos
y responsabilidades a seguir en el ejercicio de las actividades, procesos y servicios que
se desarrollarán con el establecimiento de diversos procedimientos. Sus principales retos
son tanto implementar la seguridad y la salud laboral como promover una cultura de
prevención que garantice el cumplimiento efectivo de los deberes preventivos.