Disposiciones generales. . (2023/195-1)
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se modifica la Resolución de 29 de julio de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Martes, 10 de octubre de 2023

página 15477/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

Mediante la Orden de 13 de septiembre de 2021, se regula el programa de empleo y
formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a
dicho programa.
Con fecha 4 de agosto de 2023 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía la Resolución de 29 de julio de 2023, de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas previstas
en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y
formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a
dicho programa.
El plazo de presentación de solicitudes ha estado comprendido desde el 5 de agosto
hasta el 29 de septiembre de 2023, ambos inclusive.
El artículo 23 de la Orden de 13 de septiembre de 2021 establece el plazo de diez días
para la subsanación de solicitudes, tras el análisis por parte del órgano instructor de las
solicitudes. Por su parte, el artículo 27 regula el plazo de diez días para, una vez dictada
la propuesta provisional de resolución, realizar el tramite de audiencia, reformulación,
aportación de documentación y aceptación.
En virtud de lo establecido en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, «Cuando razones
de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado,
la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a
la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la
presentación de solicitudes y recursos».
El acuerdo de tramitación de urgencia en relación con el citado procedimiento
viene motivado por la necesidad de ejecutar dichas subvenciones dentro del ejercicio
presupuestario corriente y la dificultad que ello supone teniendo en consideración las
fechas en que se ha producido la aprobación de la convocatoria y su publicación. Con
dicho acuerdo se garantiza la resolución en plazo de esta convocatoria, de especial
relevancia social, considerando que la finalidad de esta linea de subvención es contribuir
al impulso de una formación que responda a las necesidades del mercado laboral, en
ocupaciones de utilidad pública o de interés general y social, mediante un proceso mixto,
de empleo y formación, que permita a la persona trabajadora compatibilizar el aprendizaje
formal con la práctica profesional en el puesto de trabajo, aumentando, de esta manera, el
número de personas que tienen las competencias necesarias para acceder al empleo, el
trabajo decente y el emprendimiento, y reduciendo la proporción de jóvenes que no están
empleados y no cursan estudios ni reciben capacitación, mejorando sus posibilidades de
inserción laboral a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00290475

Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo, por la que se modifica la Resolución de 29 de julio
de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por
la que se convocan las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de
septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación
en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia
competitiva a dicho programa.