Autoridades y personal. . (2023/195-29)
Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Universidad de Córdoba y del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios vinculadas con plazas asistenciales de Facultativo Especialista de Área de la Institución Sanitaria concertada, por el sistema de promoción interna.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Martes, 10 de octubre de 2023
página 15526/6
Séptima. Propuesta de provisión.
Finalizada la prueba del concurso, la Comisión Evaluadora hará público el resultado
de la evaluación de cada candidato desglosada en los distintos aspectos evaluados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 del Real Decreto 1313/2007,
de 5 de octubre, la Comisión Evaluadora propondrá al Rector, motivadamente y con
carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para
su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso.
El proceso podrá concluir con la decisión de la Comisión Evaluadora de no proveer la
plaza convocada.
Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de los tres días
hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones de aquélla, entregará en el
Servicio de Planificación de Recursos Humanos (Procesos selectivos) de la Universidad
el expediente administrativo del concurso.
Los candidatos podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por los
miembros de la Comisión y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias, previo abono de los precios públicos exigibles.
Contra la propuesta de la Comisión, que hará pública en el lugar donde se celebre
la prueba, los candidatos admitidos al concurso podrán presentar reclamación, en el
plazo máximo de diez días computados a partir del siguiente a dicha publicación, ante el
Rector de la Universidad, para que sea valorada por la Comisión de Reclamaciones en
los términos previstos en el artículo 10 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y
artículo 26 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290522
documentación acreditativa de los méritos e historial académico, docente, investigador
y asistencial-sanitario, así como un ejemplar de las publicaciones y trabajos que se
aleguen. Igualmente, se presentará en este acto el proyecto docente e investigador.
La Comisión será competente para acordar la citación de los candidatos para
sucesivos actos, con el fin de que puedan realizar las distintas pruebas. Dicho acuerdo se
notificará a los aspirantes, junto a otras instrucciones que puedan resultar necesarias, en
la sesión correspondiente al acto de presentación. La Comisión, si fuera preciso, podrá
suspender la celebración pública del acto, con el fin de adoptar la decisión que proceda si
no la hubieran adoptado con anterioridad, emplazando a los candidatos para un momento
posterior a efectos de su notificación.
La Comisión determinará el lugar y hora de comienzo de las pruebas, que deberán
iniciarse dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de presentación. El orden de
actuación se determinará por sorteo público.
Serán excluidos del concurso de acceso los aspirantes que no comparezcan a
cualquiera de los actos de comparecencia.
- Prueba.
La prueba consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de noventa
minutos, del historial académico, docente e investigador y asistencial-sanitario alegados.
Dicha prueba incluirá, asimismo, la defensa del proyecto docente e investigador
presentado. Seguidamente, la Comisión Evaluadora debatirá con el candidato sobre los
anteriores extremos durante un tiempo máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión Evaluadora entregará al Presidente
un informe razonado, ajustado en todo caso a los criterios previamente establecidos por
la Comisión Evaluadora. A la vista de estos informes, la Comisión Evaluadora procederá
a la votación para la propuesta de provisión de la plaza, sin que sea posible la abstención.
El tiempo transcurrido entre la constitución de las Comisiones Evaluadoras y la
resolución de los concursos no podrá exceder de cuatro meses naturales. A efectos de
cómputo de los plazos se excluirá el mes de agosto, durante el cual no tendrán lugar
actuaciones de las Comisiones Evaluadoras de Acceso.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Martes, 10 de octubre de 2023
página 15526/6
Séptima. Propuesta de provisión.
Finalizada la prueba del concurso, la Comisión Evaluadora hará público el resultado
de la evaluación de cada candidato desglosada en los distintos aspectos evaluados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 del Real Decreto 1313/2007,
de 5 de octubre, la Comisión Evaluadora propondrá al Rector, motivadamente y con
carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para
su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso.
El proceso podrá concluir con la decisión de la Comisión Evaluadora de no proveer la
plaza convocada.
Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de los tres días
hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones de aquélla, entregará en el
Servicio de Planificación de Recursos Humanos (Procesos selectivos) de la Universidad
el expediente administrativo del concurso.
Los candidatos podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por los
miembros de la Comisión y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias, previo abono de los precios públicos exigibles.
Contra la propuesta de la Comisión, que hará pública en el lugar donde se celebre
la prueba, los candidatos admitidos al concurso podrán presentar reclamación, en el
plazo máximo de diez días computados a partir del siguiente a dicha publicación, ante el
Rector de la Universidad, para que sea valorada por la Comisión de Reclamaciones en
los términos previstos en el artículo 10 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y
artículo 26 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290522
documentación acreditativa de los méritos e historial académico, docente, investigador
y asistencial-sanitario, así como un ejemplar de las publicaciones y trabajos que se
aleguen. Igualmente, se presentará en este acto el proyecto docente e investigador.
La Comisión será competente para acordar la citación de los candidatos para
sucesivos actos, con el fin de que puedan realizar las distintas pruebas. Dicho acuerdo se
notificará a los aspirantes, junto a otras instrucciones que puedan resultar necesarias, en
la sesión correspondiente al acto de presentación. La Comisión, si fuera preciso, podrá
suspender la celebración pública del acto, con el fin de adoptar la decisión que proceda si
no la hubieran adoptado con anterioridad, emplazando a los candidatos para un momento
posterior a efectos de su notificación.
La Comisión determinará el lugar y hora de comienzo de las pruebas, que deberán
iniciarse dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de presentación. El orden de
actuación se determinará por sorteo público.
Serán excluidos del concurso de acceso los aspirantes que no comparezcan a
cualquiera de los actos de comparecencia.
- Prueba.
La prueba consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de noventa
minutos, del historial académico, docente e investigador y asistencial-sanitario alegados.
Dicha prueba incluirá, asimismo, la defensa del proyecto docente e investigador
presentado. Seguidamente, la Comisión Evaluadora debatirá con el candidato sobre los
anteriores extremos durante un tiempo máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión Evaluadora entregará al Presidente
un informe razonado, ajustado en todo caso a los criterios previamente establecidos por
la Comisión Evaluadora. A la vista de estos informes, la Comisión Evaluadora procederá
a la votación para la propuesta de provisión de la plaza, sin que sea posible la abstención.
El tiempo transcurrido entre la constitución de las Comisiones Evaluadoras y la
resolución de los concursos no podrá exceder de cuatro meses naturales. A efectos de
cómputo de los plazos se excluirá el mes de agosto, durante el cual no tendrán lugar
actuaciones de las Comisiones Evaluadoras de Acceso.