Autoridades y personal. . (2023/195-29)
Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Universidad de Córdoba y del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios vinculadas con plazas asistenciales de Facultativo Especialista de Área de la Institución Sanitaria concertada, por el sistema de promoción interna.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Martes, 10 de octubre de 2023
página 15526/2
Córdoba; las presentes bases de convocatoria; las normas de general aplicación y, en lo
no previsto, por las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en
la Administración Pública.
La vinculación de las plazas de cuerpos docentes universitarios con las plazas
asistenciales del Servicio Andaluz de Salud será en la categoría de Facultativo
Especialista de Área. No obstante, en el supuesto de que, en el momento de la toma
de posesión, el concursante propuesto se encontrase en activo y ocupando el cargo
de Jefe de Servicio o de Sección, obtenido por concurso-oposición en el mismo Centro
hospitalario y especialidad, se mantendrá en el mismo. Para los que ocupen el cargo de
Jefe de Servicio o Sección con posterioridad a la Orden de 5 de febrero de 1985, les será
de aplicación para su mantenimiento, la normativa reguladora del sistema de promoción
de tales cargos vigente en el momento de obtención de la plaza vinculada.
2. Requisitos específicos:
a) Estar acreditado para el cuerpo docente de Catedrático de Universidad.
b) Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de
la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que
hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290522
Segunda. Requisitos de los candidatos.
Para ser admitidos a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
1. Requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge, descendientes
y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean
menores de veintiún años o mayores de edad dependientes. Este último beneficio será
igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se
prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España. Igualmente, podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no
comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca
aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los
funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles. Sobre este efectivo
reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Universidad recabará informe de los
Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la máxima de
jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos, por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala
de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso
del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos
términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Título de Especialista que se especifica en el Anexo I de esta
convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Martes, 10 de octubre de 2023
página 15526/2
Córdoba; las presentes bases de convocatoria; las normas de general aplicación y, en lo
no previsto, por las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en
la Administración Pública.
La vinculación de las plazas de cuerpos docentes universitarios con las plazas
asistenciales del Servicio Andaluz de Salud será en la categoría de Facultativo
Especialista de Área. No obstante, en el supuesto de que, en el momento de la toma
de posesión, el concursante propuesto se encontrase en activo y ocupando el cargo
de Jefe de Servicio o de Sección, obtenido por concurso-oposición en el mismo Centro
hospitalario y especialidad, se mantendrá en el mismo. Para los que ocupen el cargo de
Jefe de Servicio o Sección con posterioridad a la Orden de 5 de febrero de 1985, les será
de aplicación para su mantenimiento, la normativa reguladora del sistema de promoción
de tales cargos vigente en el momento de obtención de la plaza vinculada.
2. Requisitos específicos:
a) Estar acreditado para el cuerpo docente de Catedrático de Universidad.
b) Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de
la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que
hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290522
Segunda. Requisitos de los candidatos.
Para ser admitidos a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
1. Requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge, descendientes
y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean
menores de veintiún años o mayores de edad dependientes. Este último beneficio será
igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se
prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España. Igualmente, podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no
comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca
aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los
funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles. Sobre este efectivo
reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Universidad recabará informe de los
Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la máxima de
jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos, por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala
de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso
del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos
términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Título de Especialista que se especifica en el Anexo I de esta
convocatoria.