3. Otras disposiciones. . (2023/195-42)
Orden de 5 de octubre de 2023, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión Estadística y Cartográfica y de las Unidades Estadísticas y Cartográficas de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y de sus entidades instrumentales con personalidad jurídica pública.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Martes, 10 de octubre de 2023
página 15536/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
La Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, establece que el Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía
está constituido por el Consejo Andaluz de Estadística y Cartografía, la Comisión
Interdepartamental Estadística y Cartográfica, la Comisión Técnica Estadística y
Cartográfica, el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, las Comisiones
Estadísticas y Cartográficas, así como las Unidades Estadísticas y Cartográficas de
las diferentes Consejerías de la Junta de Andalucía y, en su caso, de las agencias a
ellas adscritas, y los puntos de información estadístico-cartográficos de Andalucía. Las
Comisiones Estadísticas y Cartográficas de las Consejerías son los órganos encargados
de la coordinación estratégica de toda la actividad estadística y cartográfica que realicen
las Consejerías y sus entidades instrumentales con personalidad jurídica pública, y las
Unidades Estadísticas y Cartográficas se configuran como los órganos encargados de
coordinar técnicamente la ejecución de la citada actividad estadística y cartográfica.
De conformidad con el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, de
reestructuración de Consejerías, y con el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
se atribuye a la Secretaría General Técnica la realización de estadísticas sobre las
materias competencia de la Consejería en colaboración con la Consejería competente
en materia de estadística y a la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo el
impulso e intercambio de información entre cualesquiera bases de datos, que permita la
recopilación de información actualizada sobre el mercado laboral andaluz, incluidas las
del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, los servicios públicos de empleo
de las Comunidades Autónomas, el Servicio Público de Empleo Estatal y los portales de
empleo públicos y privados, sin perjuicio de las competencias de dirección funcional y
coordinación general de la Viceconsejería en relación a los Sistemas de Información y
Estadística.
Con la presente orden se pretende dar cumplimiento al mandato contenido en la
Ley 4/1989, de 12 de diciembre, y regular la composición y el funcionamiento de la
Comisión Estadística y Cartográfica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo y de la Unidad Estadística y Cartográfica de la misma, así como la composición
de la Unidad Estadística y Cartográfica del Servicio Andaluz de Empleo, con respeto al
principio de representación equilibrada de mujeres y hombres, integrando el precepto de
transversalidad recogido en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la
promoción de la igualdad de género en Andalucía, y teniendo en cuenta los principios y
la normativa sobre igualdad de género contenidos en la norma antes citada y en la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Esta orden se ha elaborado bajo los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
En relación con el principio de necesidad, ha de tenerse en cuenta que la tramitación
de esta norma obedece al cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 de la
Ley 4/1989, de 12 de diciembre, que dispone que la organización estadística interna de
cada Consejería estará constituida por una Comisión Estadística y Cartográfica y por las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290532
Orden de 5 de octubre de 2023, por la que se determina la composición y
funcionamiento de la Comisión Estadística y Cartográfica y de las Unidades
Estadísticas y Cartográficas de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo y de sus entidades instrumentales con personalidad jurídica pública.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Martes, 10 de octubre de 2023
página 15536/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
La Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, establece que el Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía
está constituido por el Consejo Andaluz de Estadística y Cartografía, la Comisión
Interdepartamental Estadística y Cartográfica, la Comisión Técnica Estadística y
Cartográfica, el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, las Comisiones
Estadísticas y Cartográficas, así como las Unidades Estadísticas y Cartográficas de
las diferentes Consejerías de la Junta de Andalucía y, en su caso, de las agencias a
ellas adscritas, y los puntos de información estadístico-cartográficos de Andalucía. Las
Comisiones Estadísticas y Cartográficas de las Consejerías son los órganos encargados
de la coordinación estratégica de toda la actividad estadística y cartográfica que realicen
las Consejerías y sus entidades instrumentales con personalidad jurídica pública, y las
Unidades Estadísticas y Cartográficas se configuran como los órganos encargados de
coordinar técnicamente la ejecución de la citada actividad estadística y cartográfica.
De conformidad con el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, de
reestructuración de Consejerías, y con el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
se atribuye a la Secretaría General Técnica la realización de estadísticas sobre las
materias competencia de la Consejería en colaboración con la Consejería competente
en materia de estadística y a la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo el
impulso e intercambio de información entre cualesquiera bases de datos, que permita la
recopilación de información actualizada sobre el mercado laboral andaluz, incluidas las
del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, los servicios públicos de empleo
de las Comunidades Autónomas, el Servicio Público de Empleo Estatal y los portales de
empleo públicos y privados, sin perjuicio de las competencias de dirección funcional y
coordinación general de la Viceconsejería en relación a los Sistemas de Información y
Estadística.
Con la presente orden se pretende dar cumplimiento al mandato contenido en la
Ley 4/1989, de 12 de diciembre, y regular la composición y el funcionamiento de la
Comisión Estadística y Cartográfica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo y de la Unidad Estadística y Cartográfica de la misma, así como la composición
de la Unidad Estadística y Cartográfica del Servicio Andaluz de Empleo, con respeto al
principio de representación equilibrada de mujeres y hombres, integrando el precepto de
transversalidad recogido en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la
promoción de la igualdad de género en Andalucía, y teniendo en cuenta los principios y
la normativa sobre igualdad de género contenidos en la norma antes citada y en la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Esta orden se ha elaborado bajo los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
En relación con el principio de necesidad, ha de tenerse en cuenta que la tramitación
de esta norma obedece al cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 de la
Ley 4/1989, de 12 de diciembre, que dispone que la organización estadística interna de
cada Consejería estará constituida por una Comisión Estadística y Cartográfica y por las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290532
Orden de 5 de octubre de 2023, por la que se determina la composición y
funcionamiento de la Comisión Estadística y Cartográfica y de las Unidades
Estadísticas y Cartográficas de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo y de sus entidades instrumentales con personalidad jurídica pública.