Disposiciones generales. . (2023/195-5)
Orden de 4 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se regulan las modalidades y categorías de Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca y su procedimiento de concesión.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Martes, 10 de octubre de 2023
página 15494/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
El Decreto 68/1999, de 16 de marzo, crea los Premios de Andalucía de Agricultura y
Pesca, con el objetivo de incentivar la concienciación y el interés de los ciudadanos,
profesionales, empresas y entidades, tanto públicas como privadas, en su dedicación a
las actividades agrarias y pesqueras, así como de reconocer y premiar a aquellos que
destaquen en dichas actividades.
Mediante Orden de 6 de febrero de 2007, por la que se desarrolla el Decreto
68/1999, citado anteriormente, se introducen dentro de las dos modalidades de Premios
de Agricultura y Pesca creados, varias categorías, con el objetivo de atender las
orientaciones derivadas de las reformas de las políticas comunitarias de aquel momento.
En la Orden de 20 de julio de 2018, se regulan las modalidades y categorías de
los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca y su procedimiento de concesión, y
se efectúa su convocatoria para 2017, introduciendo dentro de las dos modalidades de
Premios creadas en el citado Decreto 68/1999, de 16 de marzo, seis categorías comunes
a ambas.
Posteriormente, mediante Orden de 30 de agosto de 2019, se reduce el número de
categorías comunes, a la vez que se elimina la posibilidad de conceder una Mención
Especial. Asimismo, se modifica la composición del Jurado como consecuencia,
fundamentalmente, de la necesidad de adaptar el mismo a la existencia de nuevos
Centros Directivos o a su desaparición fruto de la aprobación del nuevo decreto de
estructura vigente.
Con la entrada en vigor del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
se asignan a esta Consejería las competencias en materia de agua que hasta este
momento venían correspondiendo a las Consejerías competentes en materia de medio
ambiente. Por ello se estima necesario crear una nueva categoría, denominada Premio a
la Eficiencia y Apuesta Hídrica, en la modalidad de Premios de Andalucía de Agricultura
y Pesca.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 48, que
corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de
agricultura, ganadería y desarrollo rural, así como de pesca marítima en aguas interiores,
marisqueo y acuicultura, almadraba y pesca con artes menores, y la competencia
exclusiva, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general,
y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131, y 149.1 11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª
y 23.ª de la Constitución Española, en materia de ordenación del sector pesquero
andaluz y en investigación, además de las competencias sectoriales en la materia que
tiene asignadas esta Consejería en virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, y del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, cuyo artículo 1.1 asigna a la misma el ejercicio de las competencias
atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, ganadería,
pesca y agroalimentación, de agua y de desarrollo rural.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final primera del Decreto
68/1999, de 16 de marzo, por el que se crean los Premios de Andalucía de Agricultura
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290485
Orden de 4 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 20 de julio
de 2018, por la que se regulan las modalidades y categorías de Premios de
Andalucía de Agricultura y Pesca y su procedimiento de concesión.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Martes, 10 de octubre de 2023
página 15494/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
El Decreto 68/1999, de 16 de marzo, crea los Premios de Andalucía de Agricultura y
Pesca, con el objetivo de incentivar la concienciación y el interés de los ciudadanos,
profesionales, empresas y entidades, tanto públicas como privadas, en su dedicación a
las actividades agrarias y pesqueras, así como de reconocer y premiar a aquellos que
destaquen en dichas actividades.
Mediante Orden de 6 de febrero de 2007, por la que se desarrolla el Decreto
68/1999, citado anteriormente, se introducen dentro de las dos modalidades de Premios
de Agricultura y Pesca creados, varias categorías, con el objetivo de atender las
orientaciones derivadas de las reformas de las políticas comunitarias de aquel momento.
En la Orden de 20 de julio de 2018, se regulan las modalidades y categorías de
los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca y su procedimiento de concesión, y
se efectúa su convocatoria para 2017, introduciendo dentro de las dos modalidades de
Premios creadas en el citado Decreto 68/1999, de 16 de marzo, seis categorías comunes
a ambas.
Posteriormente, mediante Orden de 30 de agosto de 2019, se reduce el número de
categorías comunes, a la vez que se elimina la posibilidad de conceder una Mención
Especial. Asimismo, se modifica la composición del Jurado como consecuencia,
fundamentalmente, de la necesidad de adaptar el mismo a la existencia de nuevos
Centros Directivos o a su desaparición fruto de la aprobación del nuevo decreto de
estructura vigente.
Con la entrada en vigor del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
se asignan a esta Consejería las competencias en materia de agua que hasta este
momento venían correspondiendo a las Consejerías competentes en materia de medio
ambiente. Por ello se estima necesario crear una nueva categoría, denominada Premio a
la Eficiencia y Apuesta Hídrica, en la modalidad de Premios de Andalucía de Agricultura
y Pesca.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 48, que
corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de
agricultura, ganadería y desarrollo rural, así como de pesca marítima en aguas interiores,
marisqueo y acuicultura, almadraba y pesca con artes menores, y la competencia
exclusiva, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general,
y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131, y 149.1 11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª
y 23.ª de la Constitución Española, en materia de ordenación del sector pesquero
andaluz y en investigación, además de las competencias sectoriales en la materia que
tiene asignadas esta Consejería en virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, y del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, cuyo artículo 1.1 asigna a la misma el ejercicio de las competencias
atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, ganadería,
pesca y agroalimentación, de agua y de desarrollo rural.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final primera del Decreto
68/1999, de 16 de marzo, por el que se crean los Premios de Andalucía de Agricultura
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290485
Orden de 4 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 20 de julio
de 2018, por la que se regulan las modalidades y categorías de Premios de
Andalucía de Agricultura y Pesca y su procedimiento de concesión.