5. Anuncios. . (2023/192-89)
Anuncio de 12 de septiembre de 2023, del Ayuntamiento de Villanueva del Ariscal, relativo a la ampliación de competencias delegadas al Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal de la Diputación de Sevilla, para la gestión, inspección y recaudación tributaria en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, adoptado en sesión plenaria de fecha 30 de junio de 2022. (PP. 2817/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Jueves, 5 de octubre de 2023

página 14630/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTOS
Anuncio de 12 de septiembre de 2023, del Ayuntamiento de Villanueva del
Ariscal, relativo a la ampliación de competencias delegadas al Organismo
Provincial de Asistencia Económica y Fiscal de la Diputación de Sevilla, para la
gestión, inspección y recaudación tributaria en el Impuesto sobre el Incremento
de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, adoptado en sesión plenaria de
fecha 30 de junio de 2022. (PP. 2817/2023).
Don Francisco García González, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de
Villanueva del Ariscal, hago saber que mediante Pleno Extraordinario de fecha 30 de
junio 2022, quedó aprobada la ampliación de competencias delegadas al OPAEF, en el
que se hace constar lo siguiente:
«III. AMPLIACIÓN DE COMPETENCIAS DELEGADAS AL OPAEF, EXPTE. 1950/2021.
Vista la necesidad y conveniencia de incorporar, de entre las delegaciones realizadas
al OPAEF, la gestión, liquidación y recaudación del mismo considerando el informe de la
Secretaria de 29 de diciembre de 2021,
ACUERDO
Primero. Aprobar la delegación en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del
Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal, de las siguientes facultades:
d) En el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana,
las competencias de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad
sancionadora derivada de las mismas).

Tercero. Designar como representantes en la Comisión de seguimiento, conforme a
lo dispuesto en el artículo 10.2 de la citada Ordenanza, al Titular de la Concejalía de
Hacienda y al titular de la Tesorería.
Cuarto. Dar traslado al OPAEF del presente acuerdo, para la aceptación de la
delegación por su Consejo Rector.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00289627

Segundo. Las relaciones interadministrativas derivadas del ejercicio por el OPAEF
de las competencias delegadas, se regularán por la Ordenanza de la Diputación de
Sevilla reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación
de competencias o encomienda de funciones a la Diputación Provincial de Sevilla. para
su ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF), por
las Ordenanzas fiscales de la Excma. Diputación de Sevilla y por la Ordenanza fiscal de
la Tasa por la gestión y recaudación de las multas de tráfico de los Ayuntamientos. Serán
aplicables, asimismo, en lo que proceda, la Ordenanza general de gestión, recaudación e
inspección de la Diputación de Sevilla, el OPAEF y la Casa de la Provincia y la Ordenanza
de procedimiento para la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley de
Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial impuestas por los Ayuntamientos,
así como las normas reguladoras de las diferentes figuras y procedimientos delegados.