3. Otras disposiciones. . (2023/190-22)
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la extinción, liquidación y baja de la Fundación Pública Andaluza Centro de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 190 - Martes, 3 de octubre de 2023
página 15147/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones
de Andalucía la extinción, liquidación y baja de la Fundación Pública Andaluza
Centro de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA).
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción del procedimiento de extinción,
liquidación y baja en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Pública
Andaluza Centro de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA), sobre la base de los
siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 29 de marzo de 2023 tuvo entrada en la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública escrito de la fundación referenciada por el que
se aportaba la documentación exigida por la normativa de fundaciones, a efectos de la
ratificación por el Protectorado de Fundaciones de Andalucía del acuerdo de extinción y
liquidación de la fundación adoptado por su patronato en reunión celebrada el día 31 de
diciembre de 2022.
Segundo. Examinada por el Protectorado de Fundaciones de Andalucía la
documentación aportada por la fundación al objeto de la ratificación por dicho órgano
del acuerdo de extinción y liquidación adoptado por su patronato, se obtiene un
pronunciamiento favorable del mismo al respecto.
Asimismo, se ratifica por el Protectorado la adjudicación de bienes, derechos y
obligaciones resultantes de la liquidación de la Fundación Pública Andaluza Centro de
las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA) a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de
Andalucía (AMAYA), que revertirán a la misma en cesión e integración global, en unidad
de acto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de los estatutos y conforme a lo
dispuesto en el artículo 78.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía.
Igualmente, el Protectorado ratifica la subrogación del personal al servicio de la
fundación en la plantilla de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía (AMAYA)
en los términos del acuerdo del Consejo de Gobierno y conforme a lo establecido en
el artículo 78.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
Tercero. En la misma fecha referida en el antecedente de hecho primero solicita la
fundación que, una vez ratificado por el Protectorado el acuerdo de extinción y liquidación
de la fundación, se proceda a su inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía,
en los términos expuestos en el antecedente de hecho segundo.
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: El artículo 34
de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés
general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del
Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290135
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 190 - Martes, 3 de octubre de 2023
página 15147/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones
de Andalucía la extinción, liquidación y baja de la Fundación Pública Andaluza
Centro de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA).
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción del procedimiento de extinción,
liquidación y baja en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Pública
Andaluza Centro de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA), sobre la base de los
siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 29 de marzo de 2023 tuvo entrada en la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública escrito de la fundación referenciada por el que
se aportaba la documentación exigida por la normativa de fundaciones, a efectos de la
ratificación por el Protectorado de Fundaciones de Andalucía del acuerdo de extinción y
liquidación de la fundación adoptado por su patronato en reunión celebrada el día 31 de
diciembre de 2022.
Segundo. Examinada por el Protectorado de Fundaciones de Andalucía la
documentación aportada por la fundación al objeto de la ratificación por dicho órgano
del acuerdo de extinción y liquidación adoptado por su patronato, se obtiene un
pronunciamiento favorable del mismo al respecto.
Asimismo, se ratifica por el Protectorado la adjudicación de bienes, derechos y
obligaciones resultantes de la liquidación de la Fundación Pública Andaluza Centro de
las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA) a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de
Andalucía (AMAYA), que revertirán a la misma en cesión e integración global, en unidad
de acto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de los estatutos y conforme a lo
dispuesto en el artículo 78.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía.
Igualmente, el Protectorado ratifica la subrogación del personal al servicio de la
fundación en la plantilla de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía (AMAYA)
en los términos del acuerdo del Consejo de Gobierno y conforme a lo establecido en
el artículo 78.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
Tercero. En la misma fecha referida en el antecedente de hecho primero solicita la
fundación que, una vez ratificado por el Protectorado el acuerdo de extinción y liquidación
de la fundación, se proceda a su inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía,
en los términos expuestos en el antecedente de hecho segundo.
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: El artículo 34
de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés
general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del
Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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