3. Otras disposiciones. . (2023/189-34)
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería, por la que se deniega la autorización administrativa previa de instalación de generación eléctrica fotovoltaica que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 189 - Lunes, 2 de octubre de 2023

página 15069/3

hidrocarburos, que se encontraran en tramitación a la fecha de la entrada en vigor del
presente decreto-ley, les será de aplicación:
a) El régimen urbanístico establecido en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso
para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
No obstante, en aquellos procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en
vigor de este decreto-ley en los que se hubiese evacuado el informe de compatibilidad
urbanística establecido en el artículo 42.3 de la derogada Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
de Ordenación Urbanística de Andalucía, se tendrá en cuenta dicho informe.
b) El artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías
renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en la redacción dada por el
presente decreto-ley.»
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente
expuestos, esta Delegación Territorial, en el uso de las competencias atribuidas:
RESU ELV E
Primero. Denegar la autorización administrativa previa para el establecimiento de
la instalación de generación de energía eléctrica fotovoltaica al haber sido informada
desfavorablemente a los efectos ambientales previstos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de
Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la ejecución de la actuación «Proyecto planta
fotovoltaica Zurgena 201 de 22,4 MWP y línea de evacuación de 30 kV» en los términos
municipales de Huércal-Overa, Zurgena, Antas y Lubrín (Almería) en el informe vinculante
de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en
Almería sobre el expediente de autorización ambiental unificada AAUA/AL/0016/21 de
fecha 31/07/2023, promovido por Sanmad Sonne3 Madroño, S.L. (Expediente PERE 1705
LAT 6919).
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso de alzada, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su
publicación, sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento, bien
ante esta Delegación Territorial o bien ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía
y Minas, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 45, 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la junta de Andalucía, con advertencia de la particularidad impugnatoria
prevista en el artículo 32.7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto.

00290057

Almería, 26 de septiembre de 2023.- El Delegado, Guillermo Casquet Fernández.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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