3. Otras disposiciones. . (2023/189-54)
Corrección de errores de la Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz para el año 2023 (BOJA núm. 64, de 4.4.2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 189 - Lunes, 2 de octubre de 2023

página 15085/1

3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Corrección de errores de la Resolución de 30 de marzo de 2023, de la
Universidad de Cádiz, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de
personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz para el año 2023
(BOJA núm. 64, de 4.4.2023).
En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de 4 de abril de 2023 (núm. 64),
se publicó la Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la
que se aprobaba la Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador de
la Universidad de Cádiz para el año 2023, modificada por la Resolución de 7 de julio de
2023 de la Universidad de Cádiz, publicada a su vez en el BOJA de 14 de julio de 2023
(núm. 134).
En dicha Resolución de 30 de marzo se recogía en su punto tercero lo relativo a
cupo para la cobertura entre personas con discapacidad. A tal efecto, el artículo 28.1 de
la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con
Discapacidad en Andalucía, establece que la reserva de plazas en las ofertas de empleo
público será de un cupo no inferior al 10% de las plazas vacantes para ser cubiertas entre
personas con discapacidad, reservando dentro del mismo un porcentaje específico del
2% para personas con discapacidad intelectual y un 1% para personas con enfermedad
mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Dicho artículo establece asimismo que las plazas vacantes incluyen tanto las de
nuevo ingreso como las de promoción interna.
La Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador de la Universidad
de Cádiz para el año 2023 se compone de 70 plazas de nuevo ingreso y 57 plazas
de promoción interna, ascendiendo a un total de 127 plazas. El 10% de reserva
de la oferta supone, por lo tanto, un total de 13 plazas, de las cuales el 7% son para
discapacidad general (9 plazas), el 2% para discapacidad intelectual (3 plazas) y el 1%
para enfermedad mental (1 plaza). En las respectivas convocatorias se determinarán las
plazas correspondientes a los porcentajes relativos a la discapacidad intelectual y a la
enfermedad mental.
Por todo lo expuesto, y advertido error en el punto tercero citado, consistente el
mismo en la omisión de lo indicado en el párrafo anterior, se procede a la rectificación
de dicho error, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los términos
que a continuación se exponen:
Donde dice:

Debe decir:
Tercero. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de
25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en
Andalucía, se reservará en las convocatorias de plazas de nuevo ingreso y de promoción
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00290067

Tercero. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de
septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía,
se reservará en las convocatorias de plazas de nuevo ingreso incluidas en la Oferta de
Empleo Público las plazas correspondientes hasta completar el cupo del 10% de plazas
de nuevo ingreso (7 plazas), para su cobertura entre personas con discapacidad, siempre
que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con
el desempeño de las tareas propias del puesto objeto de convocatoria.