Disposiciones generales. . (2023/188-3)
Resolución de 22 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, por la que se prorrogan las becas de formación y especialización sobre Unión Europea y Acción Exterior para 2022-2023, convocadas mediante Resolución de 24 de febrero de 2022.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 188 - Viernes, 29 de septiembre de 2023

página 15014/2

Sexto. Entre las personas beneficiaras de las becas actualmente, se dan los
siguientes casos:
- Siete personas en su primer año de beca, por lo cual podrían disfrutar de una
primera prórroga de seis meses, tal como señala el artículo 6.1 de la Orden de 13 de
diciembre.
- Una persona que está disfrutando de su segundo año de beca, pero, al haber sido
suplente en su primer año, se incorporó dos meses más tarde y, por tanto, resulta posible
concederle una prórroga de dos meses, hasta cumplir los dos años contemplados en el
artículo 6.2 de la orden.
- Una persona que ya ha disfrutado su segundo año de beca, por lo cual no es posible
concederle prórroga, en virtud del mismo artículo 6.2.
- Una persona que ha presentado su renuncia con fecha 1 de agosto de 2023, con
efectos a 1 de septiembre.
Séptimo. A la vista de lo anterior, esta Secretaría General tiene la intención de
prorrogar las becas a los beneficiarios actuales que no han presentado renuncia, según
las condiciones descritas en el antecedente sexto. Todo ello, una vez realizada la
correspondiente fiscalización previa y mediante resolución de la persona titular de la
Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, por delegación de la
persona titular de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa, competente en materia de actuaciones de formación, información y
divulgación dirigidas a la sociedad andaluza sobre la actividad de la Unión Europea y la
Acción exterior; conforme al artículo 20 de la Orden de 13 de diciembre de 2021.
A los anteriores antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Corresponde a la Secretaría General de Acción Exterior, actualmente
Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 11 de la Orden de bases reguladoras de 13 de diciembre de 2021, la
instrucción del procedimiento de concesión de las Becas de formación y especialización
sobre Unión Europea y Acción Exterior, cuya finalidad es que personas jóvenes con
titulación universitaria adquieran experiencia y formación especializada sobre la actividad
de la Unión Europea y la Acción Exterior que facilite su posterior incorporación al
mercado laboral.
Tercero. La Orden de 13 de diciembre de 2021 dispone en su artículo 6.1 que las
becas tendrán una duración máxima de doce meses. No obstante, se podrán prorrogar
por períodos de hasta seis meses, con un máximo de dos prórrogas, a todas las personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00290003

Primero. El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, modificado por Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, establece
en su artículo 2.1.1 que corresponden a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo
Social y Simplificación Administrativa las competencias que actualmente tiene atribuidas
la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, salvo las relativas a
Administración Pública y coordinación de políticas migratorias.
Por su parte, Decreto 152/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa dispone que la Secretaría General de Acción Exterior pasa a denominarse
Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación y le atribuye el
impulso y desarrollo de actuaciones de formación, información y divulgación dirigidas a la
sociedad andaluza, sobre la actividad de la Unión Europea y la acción exterior.