Disposiciones generales. . (2023/188-6)
Modificación del Extracto de Resolución de 2 de agosto de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones públicas, en la modalidad de formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas de las previstas en la Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Viernes, 29 de septiembre de 2023

página 15012/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Modificación del Extracto de Resolución de 2 de agosto de 2023, de la Dirección
General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para
el año 2023 las subvenciones públicas, en la modalidad de formación de oferta
dirigida a personas trabajadoras desempleadas de las previstas en la Orden
de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva,
en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades
de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras
desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas.
BDNS (Identif.): 710829.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica modificación del extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Único. Modificación de Extracto de Resolución.
Se añade el punto 5 en el apartado quinto del Extracto de la Resolución de
Convocatoria, quedando como sigue:
«5. En el supuesto de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible,
el órgano competente para resolver podrá dictar resoluciones complementarias de
concesión de subvenciones que incluyan solicitudes de entidades que, aún cumpliendo
todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.»

00290000

Sevilla, 26 de septiembre de 2023.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, P.D. (según disposición adicional primera de la Orden de 13.9.2021, BOJA
núm. 180, de 17.9.2021), el Director General, José Manuel Delgado Utrera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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