Disposiciones generales. . (2023/188-7)
Modificación del extracto de la convocatoria de subvenciones reguladas en el Decreto-ley 6/2023, de 11 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para compensar el sobrecoste energético de gas natural y/o electricidad a pymes y personas trabajadoras autónomas especialmente afectadas por el excepcional incremento de los precios del gas natural y la electricidad provocados por el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, y se modifica el Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a excepción de los universitarios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Viernes, 29 de septiembre de 2023
página 15047/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Modificación del extracto de la convocatoria de subvenciones reguladas
en el Decreto-ley 6/2023, de 11 de julio, por el que se establecen las bases
reguladoras y se convocan subvenciones para compensar el sobrecoste
energético de gas natural y/o electricidad a pymes y personas trabajadoras
autónomas especialmente afectadas por el excepcional incremento de los
precios del gas natural y la electricidad provocados por el impacto de la guerra
de agresión de Rusia contra Ucrania, y se modifica el Decreto 301/2009, de 14
de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros
docentes, a excepción de los universitarios.
BDNS: 707787.
Única. El párrafo 1 del apartado sexto del extracto de la convocatoria de subvenciones
reguladas en el Decreto-ley 6/2023, de 11 de julio, por el que se establecen las bases
reguladoras y se convocan subvenciones para compensar el sobrecoste energético de
gas natural y/o electricidad a pymes y personas trabajadoras autónomas especialmente
afectadas por el excepcional incremento de los precios del gas natural y la electricidad
provocados por el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, y se modifica
el Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar
en los centros docentes, a excepción de los universitarios, queda redactado como sigue:
«Sexto. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones, comenzará el día
siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290036
El párrafo 1 del apartado sexto del extracto de la convocatoria de subvenciones
reguladas en el Decreto-ley 6/2023, de 11 de julio, por el que se establecen las bases
reguladoras y se convocan subvenciones para compensar el sobrecoste energético de
gas natural y/o electricidad a pymes y personas trabajadoras autónomas especialmente
afectadas por el excepcional incremento de los precios del gas natural y la electricidad
provocados por el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, y se
modifica el Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la
jornada escolar en los centros docentes, a excepción de los universitarios, publicado en
el BOJA extraordinario núm. 20, de 11 de julio, determina que «1. El plazo de presentación
de solicitudes de las subvenciones, comenzará el día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad
con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, y finalizará el 30 de septiembre. Las solicitudes se presentarán,
de conformidad con el modelo de formulario de solicitud que se aprueba en esta
convocatoria, de forma exclusivamente electrónica».
No obstante, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente para la
línea de subvenciones así como el número de solicitudes recibidas y con la finalidad
de apoyar al mayor número posible de pymes y personas trabajadoras autónomas, se
considera oportuno ampliar el plazo de presentación de solicitudes.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica la siguiente
modificación del extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y
en el presente BOJA:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Viernes, 29 de septiembre de 2023
página 15047/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Modificación del extracto de la convocatoria de subvenciones reguladas
en el Decreto-ley 6/2023, de 11 de julio, por el que se establecen las bases
reguladoras y se convocan subvenciones para compensar el sobrecoste
energético de gas natural y/o electricidad a pymes y personas trabajadoras
autónomas especialmente afectadas por el excepcional incremento de los
precios del gas natural y la electricidad provocados por el impacto de la guerra
de agresión de Rusia contra Ucrania, y se modifica el Decreto 301/2009, de 14
de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros
docentes, a excepción de los universitarios.
BDNS: 707787.
Única. El párrafo 1 del apartado sexto del extracto de la convocatoria de subvenciones
reguladas en el Decreto-ley 6/2023, de 11 de julio, por el que se establecen las bases
reguladoras y se convocan subvenciones para compensar el sobrecoste energético de
gas natural y/o electricidad a pymes y personas trabajadoras autónomas especialmente
afectadas por el excepcional incremento de los precios del gas natural y la electricidad
provocados por el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, y se modifica
el Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar
en los centros docentes, a excepción de los universitarios, queda redactado como sigue:
«Sexto. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones, comenzará el día
siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290036
El párrafo 1 del apartado sexto del extracto de la convocatoria de subvenciones
reguladas en el Decreto-ley 6/2023, de 11 de julio, por el que se establecen las bases
reguladoras y se convocan subvenciones para compensar el sobrecoste energético de
gas natural y/o electricidad a pymes y personas trabajadoras autónomas especialmente
afectadas por el excepcional incremento de los precios del gas natural y la electricidad
provocados por el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, y se
modifica el Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la
jornada escolar en los centros docentes, a excepción de los universitarios, publicado en
el BOJA extraordinario núm. 20, de 11 de julio, determina que «1. El plazo de presentación
de solicitudes de las subvenciones, comenzará el día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad
con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, y finalizará el 30 de septiembre. Las solicitudes se presentarán,
de conformidad con el modelo de formulario de solicitud que se aprueba en esta
convocatoria, de forma exclusivamente electrónica».
No obstante, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente para la
línea de subvenciones así como el número de solicitudes recibidas y con la finalidad
de apoyar al mayor número posible de pymes y personas trabajadoras autónomas, se
considera oportuno ampliar el plazo de presentación de solicitudes.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica la siguiente
modificación del extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y
en el presente BOJA: