3. Otras disposiciones. . (2023/188-44)
Decreto 239/2023, de 26 de septiembre, por el que se autoriza a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía a suscribir con Autovía de la Sierra Arana, S.A., un acuerdo transaccional en relación con el expediente de resolución y liquidación del contrato de concesión para la construcción, conservación, mantenimiento y explotación de la autovía A-308, de la A-44 (Iznalloz) a la A-92 (Darro), de la Red Autonómica de Carreteras de Andalucía, así como el expediente de gasto derivado de dicho acuerdo transaccional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Viernes, 29 de septiembre de 2023

página 14993/3

A NE XO
ACUERDO TRANSACCIONAL DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO
DE CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN, CONSERVACIÓN,
MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE LA AUTOVÍA A-308, DE LA A-44 (IZNALLOZ)
A LA A-92 (DARRO), DE LA RED AUTONÓMICA DE CARRETERAS DE ANDALUCÍA
(EXP.: C-GR2000/OCS0). EXE 50000015119
En Sevilla, a....... de.................................. de 2023
REUNIDOS
De una parte, don Julio Jesús Caballero Sánchez, Director Gerente de la Agencia de Obra
Pública de la Junta de Andalucía, cuyos datos personales se obvian al actuar en razón de su
cargo. Y de otra, don............................., mayor de edad, provisto del DNI núm.........................., con
domicilio a efectos profesionales en Madrid, Avenida Camino de Santiago, núm. 50, C.P. 28050.
COMPARECEN
Don Julio Jesús Caballero Sánchez en su condición de Director Gerente de la
Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía (en lo sucesivo, la Agencia), cargo
para el que fue nombrado por el Decreto 310/2019, de 12 de febrero (BOJA extraordinario
núm. 3, de 14 de febrero de 2019). Actúa en nombre y representación de la Agencia, de
conformidad con las competencias conferidas en el artículo 11, apartados 1 y 2, a) y b),
de sus Estatutos, aprobados por Decreto 175/2018, de 18 de septiembre.
Y don ...................................... en nombre y representación de la Entidad mercantil
Autovía de la Sierra de Arana, S.A. (en adelante, la Concesionaria), inscrita en el Registro
Mercantil de Granada, Tomo 1.428, Folio 63, Hoja número GR-39.984, inscripción 1.ª.
Tiene CIF núm. A18967430 y domicilio en Sevilla, Avenida San Francisco Javier, número
24, Edificio Sevilla 1, 5.ª planta, C.P. 41018, que lo hace en uso de sus facultades que
tiene conferidas en virtud de poder otorgado a su favor, en fecha 22 de diciembre de
2015, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don J.M.S. como sustituto por
imposibilidad accidental de don J.M.G., bajo el número tres mil dieciséis de su protocolo,
que se encuentra vigente e inscrito.
Ambas partes (en lo sucesivo, las Partes) se reconocen capacidad y competencias
suficientes para formalizar el presente Acuerdo Transaccional, y a tal efecto

I. Con fecha 11 de julio de 2011 se formalizó el «Contrato administrativo de concesión
de obra pública para la construcción, conservación, mantenimiento y explotación de la
autovía A-308, de la A-44 (Iznalloz) a la A-92 (Darro), de la Red Autonómica de Carreteras
de Andalucía. (EXP.:C-GR 2000/OCS0). EXE 50000015119».
II. Con fecha 3 de diciembre de 2018, la Concesionaria presenta escrito de reclamación
administrativa a la Agencia, en el que solicita «1. Declare la resolución del contrato de
concesión por: (i) Por la inviabilidad y la imposibilidad sobrevenida del mismo, derivadas
de las actuaciones llevadas a cabo por la Administración contratante y otras circunstancias
acontecidas de forma sobrevenida, que acreditan la renuncia y/o desistimiento del
contrato de concesión por parte de la misma». Igualmente solicita la liquidación y pago a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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