Autoridades y personal. . (2023/187-18)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de la categoría Facultativo/a Especialista de Área Aparato Digestivo, dependiente del Servicio Andaluz de Salud.
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Número 187 - Jueves, 28 de septiembre de 2023

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pudiéndose ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición,
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3.2. Plazo de presentación de solicitudes de participación, destino y documentación
requerida.
a) El plazo de presentación de solicitudes y petición de destinos será de 15 días
hábiles, contados a partir del primer día hábil posterior a la publicación de la presente
resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
b) Durante este plazo los concursantes podrán retirar o modificar sus solicitudes
mediante una nueva instancia que anulará totalmente las anteriores. Finalizado dicho
plazo no se admitirá modificación alguna.
c) Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y hasta la finalización
del plazo para presentar alegaciones contra la resolución provisional del concurso, los
concursantes podrán desistir de su participación en el mismo. Finalizado dicho plazo no
se admitirán desistimientos.
3.3. Solicitud de destinos. Los concursantes deberán presentar su solicitud de
destino, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente, a través de la
VEC. En dicha solicitud indicarán, por orden de preferencia, los centros sanitarios por
los que optan, con independencia de que en los mismos se oferten o no vacantes. Las
personas concursantes deberán especificar a tal fin los códigos asignados en el Anexo III
de la presente resolución, para aquellos centros de destino en los que se ofertan
vacantes en este concurso, así como, en su caso, los códigos asignados a aquellos
otros centros de destino dependientes del Servicio Andaluz de Salud a los que se puede
adscribir la categoría/especialidad convocada. Por la aplicación del sistema de resultas,
a estas plazas se acumularán aquellas que resulten vacantes tras la obtención de nuevo
destino por los concursantes que fueran titulares de las mismas, como consecuencia
de la tramitación del presente concurso, siempre que dichas plazas no estén sometidos
a procesos de amortización, desdotación o reconversión, o no estén afectadas por
participaciones condicionadas por razones de convivencia familiar conforme a la base 3.4.
La acumulación y adjudicación de dichas plazas se realizará de forma automática y
simultánea a la adjudicación del resto de las plazas.
3.4. Participación condicionada por razones de convivencia familiar a obtener
destino en el mismo municipio: Se podrá condicionar la participación por razones de
convivencia familiar, cuando ambos cónyuges o parejas de hecho participen en un
concurso de traslado convocado de forma simultánea en el Servicio Andaluz de Salud,
a que ambos obtengan destino definitivo en el mismo municipio, entendiéndose en
caso contrario anuladas las peticiones formuladas por ambos, dejando sin efecto la
adjudicación definitiva de la plaza que se hubiera realizado en su favor y la misma no
podrá ser asignada a ningún/a otro/a concursante. Los cónyuges o parejas de hecho
que soliciten acogerse a este supuesto deberán cumplimentar el formulario electrónico
normalizado correspondiente, a través de la VEC, indicando cada uno el DNI de su
cónyuge o pareja de hecho y acreditando dicha relación, debiendo solicitar la totalidad
de las plazas ofertadas en el municipio. El plazo para ello será el mismo que el de
presentación de solicitudes de participación en el concurso de traslado correspondiente
para cada cónyuge o pareja de hecho, pudiendo dejarla sin efecto durante dicho
plazo. Pasado dicho plazo no se admitirán modificaciones. Ambos cónyuges o pareja
de hecho deberán condicionar por razones de convivencia familiar su participación
en el concurso de traslado en el que participen, dejando sin efectos la participación
condicionada en caso contrario. No podrán acogerse a este supuesto las personas
obligadas a concursar conforme a la base 2.2.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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