3. Otras disposiciones. . (2023/183-44)
Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Dr. Manuel Trujillo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 183 - Viernes, 22 de septiembre de 2023
página 14635/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de
Andalucía la Fundación Dr. Manuel Trujillo.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución
en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Dr. Manuel Trujillo, sobre la
base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Constitución de la fundación.
La Fundación Dr. Manuel Trujillo fue constituida en escritura pública otorgada el
27.4.2023 ante don Antonio Casquete de Prado Montero Espinosa, notario del Ilustre
Colegio de Andalucía, registrada con el número 451 de su protocolo.
Segundo. Fines.
Los fines de la fundación de acuerdo con lo dispuesto en sus estatutos, son los
siguientes:
«Contribuir a la mejora de la salud mental de los ciudadanos andaluces y españoles,
potenciando la investigación, la formación de profesionales, la enseñanza de temas
relativos a la salud mental y la promoción de iniciativas innovadoras.»
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la fundación ha quedado establecido en Avenida Reina Mercedes, 25,
7.º D, 41012 - Sevilla, y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se
extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación es de treinta mil euros (30.000,00 euros), que será
desembolsada de forma sucesiva.
Quinto. Patronato.
Presidente: Don Manuel Trujillo Pérez-Lanzac.
Secretaria patrona: Doña Blanca Ponce Siljestrom.
Doña Karin Pilar Siljestrom Ribed.
Don Manuel Álvarez Romero.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente
citadas.
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de
la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general;
el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto
de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289632
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 183 - Viernes, 22 de septiembre de 2023
página 14635/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de
Andalucía la Fundación Dr. Manuel Trujillo.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución
en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Dr. Manuel Trujillo, sobre la
base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Constitución de la fundación.
La Fundación Dr. Manuel Trujillo fue constituida en escritura pública otorgada el
27.4.2023 ante don Antonio Casquete de Prado Montero Espinosa, notario del Ilustre
Colegio de Andalucía, registrada con el número 451 de su protocolo.
Segundo. Fines.
Los fines de la fundación de acuerdo con lo dispuesto en sus estatutos, son los
siguientes:
«Contribuir a la mejora de la salud mental de los ciudadanos andaluces y españoles,
potenciando la investigación, la formación de profesionales, la enseñanza de temas
relativos a la salud mental y la promoción de iniciativas innovadoras.»
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la fundación ha quedado establecido en Avenida Reina Mercedes, 25,
7.º D, 41012 - Sevilla, y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se
extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación es de treinta mil euros (30.000,00 euros), que será
desembolsada de forma sucesiva.
Quinto. Patronato.
Presidente: Don Manuel Trujillo Pérez-Lanzac.
Secretaria patrona: Doña Blanca Ponce Siljestrom.
Doña Karin Pilar Siljestrom Ribed.
Don Manuel Álvarez Romero.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente
citadas.
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de
la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general;
el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto
de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289632
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