Disposiciones generales. . (2023/183-2)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se acuerda la ampliación del plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones del programa de empleo y formación dispuesto en la Resolución de 29 de julio de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Viernes, 22 de septiembre de 2023
página 14613/2
De conformidad con el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, «la Administración, salvo
precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una
ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las
circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo
de ampliación deberá ser notificado a los interesados. Tanto la petición de los interesados
como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del
vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un
plazo ya vencido».
Es igualmente de aplicación el artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el
cual establece que «serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos
de derecho los acuerdos de aplicación de la tramitación de urgencia, de ampliación de
plazos y de realización de actuaciones complementarias».
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la
disposición adicional primera de la Orden de 13 de septiembre de 2021, esta Dirección
General
RESU ELV E
Primero. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes inicialmente concedido en el
apartado a) del resuelve decimoséptimo de la Resolución de 29 de julio de 2023, hasta el
día 29 de septiembre de 2023 inclusive.
Segundo. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
00289613
Sevilla, 18 de septiembre de 2023.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, P.D. (según disposición adicional primera de la Orden de 13.9.2021, BOJA
núm. 180, de 17.9.2021), el Director General, José Manuel Delgado Utrera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Viernes, 22 de septiembre de 2023
página 14613/2
De conformidad con el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, «la Administración, salvo
precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una
ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las
circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo
de ampliación deberá ser notificado a los interesados. Tanto la petición de los interesados
como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del
vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un
plazo ya vencido».
Es igualmente de aplicación el artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el
cual establece que «serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos
de derecho los acuerdos de aplicación de la tramitación de urgencia, de ampliación de
plazos y de realización de actuaciones complementarias».
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la
disposición adicional primera de la Orden de 13 de septiembre de 2021, esta Dirección
General
RESU ELV E
Primero. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes inicialmente concedido en el
apartado a) del resuelve decimoséptimo de la Resolución de 29 de julio de 2023, hasta el
día 29 de septiembre de 2023 inclusive.
Segundo. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
00289613
Sevilla, 18 de septiembre de 2023.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, P.D. (según disposición adicional primera de la Orden de 13.9.2021, BOJA
núm. 180, de 17.9.2021), el Director General, José Manuel Delgado Utrera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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