3. Otras disposiciones. . (2023/183-37)
Resolución de 16 de septiembre de 2023, del Viceconsejero de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, por la que se delegan las competencias derivadas de la gestión económica, contable y presupuestaria relacionada con Cetursa Sierra Nevada, S.A, en la persona titular de la Dirección General de Movilidad y Transportes.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Viernes, 22 de septiembre de 2023
página 14664/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Resolución de 16 de septiembre de 2023, del Viceconsejero de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, por la que se delegan las competencias
derivadas de la gestión económica, contable y presupuestaria relacionada con
Cetursa Sierra Nevada, S.A, en la persona titular de la Dirección General de
Movilidad y Transportes.
El Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, establece en su artículo 5.9
que, se adscribe a la Viceconsejería la entidad Cetursa Sierra Nevada, S.A.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Decreto Legislativo 1/2010, de
2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, entre las competencias de gestión económica, contable
y presupuestaria se incluyen las siguientes funciones:
a) Elaborar las propuestas de anteproyecto de estado de gastos de su Presupuesto,
en la forma prevista en el artículo 35 de la presente ley.
b) Administrar los créditos para gastos del Presupuesto y de sus modificaciones.
c) Autorizar los gastos que no sean de la competencia del Consejo de Gobierno y
elevar a la aprobación de éste los que sean de su competencia.
d) Disponer o comprometer los gastos de su competencia.
e) Contraer o reconocer obligaciones económicas en nombre y por cuenta de la Junta
de Andalucía.
f) Proponer el pago de las obligaciones a la Consejería competente en materia de Hacienda.
g) Las demás competencias y funciones que se le atribuyan en esta Ley y demás
disposiciones de aplicación.
A fin de agilizar y simplificar la gestión presupuestaria, contable y económica
vinculada a Cetursa, S.A. y con vistas a alcanzar un óptimo nivel de eficacia y eficiencia
en la instrucción y resolución de los procedimientos derivados de dicha gestión, se hace
preciso delegar determinadas competencias en un órgano directamente relacionado con
el ámbito competencial de Cetursa, S.A., como es la Dirección General de Movilidad y
Transportes.
Partiendo de la anterior premisa, procede traer a colación el artículo 9 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 101 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, preceptos
estos que prevén la posibilidad de que los órganos de las diferentes Administraciones
Públicas deleguen el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros
órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes,
o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes
de aquellas.
En virtud de lo anterior,
Primero. Delegar en la persona titular de Dirección General de Movilidad y Transportes
de esta Consejería todas las competencias derivadas de la gestión económica,
presupuestaria y contable relacionada con la entidad Cetursa, S.A., y, en particular, las
que se relacionan a continuación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289661
DISPONGO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Viernes, 22 de septiembre de 2023
página 14664/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Resolución de 16 de septiembre de 2023, del Viceconsejero de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, por la que se delegan las competencias
derivadas de la gestión económica, contable y presupuestaria relacionada con
Cetursa Sierra Nevada, S.A, en la persona titular de la Dirección General de
Movilidad y Transportes.
El Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, establece en su artículo 5.9
que, se adscribe a la Viceconsejería la entidad Cetursa Sierra Nevada, S.A.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Decreto Legislativo 1/2010, de
2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, entre las competencias de gestión económica, contable
y presupuestaria se incluyen las siguientes funciones:
a) Elaborar las propuestas de anteproyecto de estado de gastos de su Presupuesto,
en la forma prevista en el artículo 35 de la presente ley.
b) Administrar los créditos para gastos del Presupuesto y de sus modificaciones.
c) Autorizar los gastos que no sean de la competencia del Consejo de Gobierno y
elevar a la aprobación de éste los que sean de su competencia.
d) Disponer o comprometer los gastos de su competencia.
e) Contraer o reconocer obligaciones económicas en nombre y por cuenta de la Junta
de Andalucía.
f) Proponer el pago de las obligaciones a la Consejería competente en materia de Hacienda.
g) Las demás competencias y funciones que se le atribuyan en esta Ley y demás
disposiciones de aplicación.
A fin de agilizar y simplificar la gestión presupuestaria, contable y económica
vinculada a Cetursa, S.A. y con vistas a alcanzar un óptimo nivel de eficacia y eficiencia
en la instrucción y resolución de los procedimientos derivados de dicha gestión, se hace
preciso delegar determinadas competencias en un órgano directamente relacionado con
el ámbito competencial de Cetursa, S.A., como es la Dirección General de Movilidad y
Transportes.
Partiendo de la anterior premisa, procede traer a colación el artículo 9 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 101 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, preceptos
estos que prevén la posibilidad de que los órganos de las diferentes Administraciones
Públicas deleguen el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros
órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes,
o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes
de aquellas.
En virtud de lo anterior,
Primero. Delegar en la persona titular de Dirección General de Movilidad y Transportes
de esta Consejería todas las competencias derivadas de la gestión económica,
presupuestaria y contable relacionada con la entidad Cetursa, S.A., y, en particular, las
que se relacionan a continuación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289661
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