3. Otras disposiciones. . (2023/182-33)
Resolución de 10 de septiembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 182 - Jueves, 21 de septiembre de 2023
página 14539/2
existencia de sistema de riego en la finca, caso de ser dañado durante la ejecución de las
obras, será repuesto simultáneamente a su estado anterior.
- Alegaciones presentadas por don Miguel Ureña Alcalá y doña Isabel Ureña
Alcalá (como titulares catastrales de las parcelas con referencias catastrales
23031A003001050000GW, 23031A003001060000GA, 23031A003001070000GB y
23031A003001080000GY): Comunican error en la superficie, que figura en el Catastro,
de las parcelas con referencia 23031A003001050000GW y 23031A003001060000GA, y
solicitan la expropiación total de la parcela con referencia 23031A003001070000GB.
Respuesta: Respecto al error de la superficie catastral de las parcelas
23031A003001050000GW y 23031A003001060000-GA, donde se proyecta la ubicación
de la estación depuradora de aguas residuales, estas parcelas son objeto de expropiación
de la propiedad de la superficie total de las mismas. En el procedimiento expropiatorio
serán consideradas tanto la superficie que en su fecha de inicio figure en Catastro, como
la que pueda figurar en el título de dominio que se aporte por los titulares, pudiendo
los interesados alegar y aportar la documentación que consideren necesaria para la
determinación del justiprecio de la expropiación.
Sobre la solicitud de expropiación total de la parcela con referencia
23031A003001070000GB, con una superficie catastral de 2.808 m², y que se ve afectada
por la expropiación de la propiedad de una superficie de 7,03 m² para la construcción
de un pozo de registro; por la constitución de servidumbre de acueducto de 179,14 m²
así como por una ocupación temporal de 536,91 m²; en el procedimiento expropiatorio,
una vez aportada por los interesados la documentación acreditativa de la propiedad y la
realidad registral de esta finca, podrá resolverse sobre si resulta antieconómica para los
propietarios su conservación.
Tercero. Con fecha 9 de agosto de 2022, se dicta «Resolución de la Dirección General
de Infraestructuras del Agua por la que se aprueba el expediente de información pública
y aprueba el Proyecto de construcción de “Agrupación de vertidos y Estación depuradora
de aguas residuales de Escañuela (Jaén)”. Clave: A5.323.1141/2111», con un presupuesto
total base de licitación (IVA incluido) de un millón novecientos mil cuatrocientos cincuenta
y cinco euros con ocho céntimos (1.900.455,08 €), y un plazo de ejecución de 12 meses.
En dicha resolución se desestiman las alegaciones presentadas.
Cuarto. La Delegación Territorial de esta Consejería en Jaén, con fecha 30 de agosto
de 2023, emite propuesta de solicitud de levantamiento de actas previas, la cual es
remitida por la Dirección General de Infraestructuras del Agua, mediante comunicación
interior de fecha 6 de septiembre de 2023.
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.d) del artículo 29 de la Ley
9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, tienen la consideración de obras de interés
de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras de abastecimiento, potabilización,
desalación y depuración que expresamente se declaren por el Consejo de Gobierno.
Así mismo y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 1.c) de la misma ley,
se dicta «Acuerdo de 26 de octubre de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se
declaran de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras hidráulicas
destinadas al cumplimiento del objetivo de la calidad de las aguas de Andalucía», que
declara de interés de la Comunidad Autónoma entre otras, las obras de depuración de las
aguas «EDAR y colectores en Escañuela y Villadonpardo», en Jaen.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289537
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 182 - Jueves, 21 de septiembre de 2023
página 14539/2
existencia de sistema de riego en la finca, caso de ser dañado durante la ejecución de las
obras, será repuesto simultáneamente a su estado anterior.
- Alegaciones presentadas por don Miguel Ureña Alcalá y doña Isabel Ureña
Alcalá (como titulares catastrales de las parcelas con referencias catastrales
23031A003001050000GW, 23031A003001060000GA, 23031A003001070000GB y
23031A003001080000GY): Comunican error en la superficie, que figura en el Catastro,
de las parcelas con referencia 23031A003001050000GW y 23031A003001060000GA, y
solicitan la expropiación total de la parcela con referencia 23031A003001070000GB.
Respuesta: Respecto al error de la superficie catastral de las parcelas
23031A003001050000GW y 23031A003001060000-GA, donde se proyecta la ubicación
de la estación depuradora de aguas residuales, estas parcelas son objeto de expropiación
de la propiedad de la superficie total de las mismas. En el procedimiento expropiatorio
serán consideradas tanto la superficie que en su fecha de inicio figure en Catastro, como
la que pueda figurar en el título de dominio que se aporte por los titulares, pudiendo
los interesados alegar y aportar la documentación que consideren necesaria para la
determinación del justiprecio de la expropiación.
Sobre la solicitud de expropiación total de la parcela con referencia
23031A003001070000GB, con una superficie catastral de 2.808 m², y que se ve afectada
por la expropiación de la propiedad de una superficie de 7,03 m² para la construcción
de un pozo de registro; por la constitución de servidumbre de acueducto de 179,14 m²
así como por una ocupación temporal de 536,91 m²; en el procedimiento expropiatorio,
una vez aportada por los interesados la documentación acreditativa de la propiedad y la
realidad registral de esta finca, podrá resolverse sobre si resulta antieconómica para los
propietarios su conservación.
Tercero. Con fecha 9 de agosto de 2022, se dicta «Resolución de la Dirección General
de Infraestructuras del Agua por la que se aprueba el expediente de información pública
y aprueba el Proyecto de construcción de “Agrupación de vertidos y Estación depuradora
de aguas residuales de Escañuela (Jaén)”. Clave: A5.323.1141/2111», con un presupuesto
total base de licitación (IVA incluido) de un millón novecientos mil cuatrocientos cincuenta
y cinco euros con ocho céntimos (1.900.455,08 €), y un plazo de ejecución de 12 meses.
En dicha resolución se desestiman las alegaciones presentadas.
Cuarto. La Delegación Territorial de esta Consejería en Jaén, con fecha 30 de agosto
de 2023, emite propuesta de solicitud de levantamiento de actas previas, la cual es
remitida por la Dirección General de Infraestructuras del Agua, mediante comunicación
interior de fecha 6 de septiembre de 2023.
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.d) del artículo 29 de la Ley
9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, tienen la consideración de obras de interés
de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras de abastecimiento, potabilización,
desalación y depuración que expresamente se declaren por el Consejo de Gobierno.
Así mismo y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 1.c) de la misma ley,
se dicta «Acuerdo de 26 de octubre de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se
declaran de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras hidráulicas
destinadas al cumplimiento del objetivo de la calidad de las aguas de Andalucía», que
declara de interés de la Comunidad Autónoma entre otras, las obras de depuración de las
aguas «EDAR y colectores en Escañuela y Villadonpardo», en Jaen.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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