3. Otras disposiciones. . (2023/182-32)
Orden de 12 de septiembre de 2023, por la que se aprueba y da publicidad a los formularios de declaración responsable para aprobación del Plan de Gestión de Subproductos Ganaderos para determinadas explotaciones ganaderas, asociadas al procedimiento de Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Jueves, 21 de septiembre de 2023
página 14612/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 12 de septiembre de 2023, por la que se aprueba y da publicidad a los
formularios de declaración responsable para aprobación del Plan de Gestión de
Subproductos Ganaderos para determinadas explotaciones ganaderas, asociadas
al procedimiento de Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.
Mediante el Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de
Explotaciones Ganaderas de Andalucía se establece el procedimiento y los requisitos
necesarios para la inscripción en el mismo.
Así en el artículo 3, letra B) se establece que las explotaciones ganaderas deberán
contar con un Plan de Gestión de Residuos aprobado por la Delegación Provincial de
Consejería competente en materia de ganadería.
No obstante, con la publicación del Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por
el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas, se establecen
determinadas excepciones en relación a la aprobación de los Planes de Gestión de
Subproductos Ganaderos en explotaciones con capacidades inferiores a las 20 Unidades
de Ganado Mayor (UGM)y en otras explotaciones de tipo especial.
Por otro lado, en la Orden de 29 de abril de 2015, por la que se regula la ordenación
zootécnica, las condiciones de bienestar animal, sanitarias y de movimiento de los
équidos y de las explotaciones equinas, y su inscripción en el Registro de Explotaciones
Ganaderas de Andalucía, se establece que, para determinadas explotaciones, los
procedimientos asociados a la inscripción en el Registro General de Explotaciones
Ganaderas, deberán tramitarse por Declaración Responsable.
El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, determina en
el artículo 6.3.f) que, entre otros, es un criterio de reducción de cargas y simplificación
documental: La normalización documental, fundamentalmente de los formularios de
solicitud, declaraciones responsables, comunicaciones, certificaciones y documentos de
análogo carácter, diseñando modelos que faciliten y agilicen su cumplimentación, con los
datos mínimos necesarios para identificar a la persona interesada y facilitando, cuando
sea posible, su precumplimentación. Y el artículo 12.9 dispone que todos los formularios
y modelos específicos que tengan carácter obligatorio por establecerlo así de manera
expresa la norma o acto de aprobación, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
A la vista de los antecedentes citados, se hace necesaria la aprobación y publicación
de los formularios asociados a los procedimientos relacionados con la inscripción en el
Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.
RESU ELVO
Primero. Aprobación de los formularios.
1. Aprobar y dar publicidad a los modelos normalizados (Código de procedimiento 183
del Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía) que se relacionan a continuación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289607
Por lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de la competencia que me confiere el
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Jueves, 21 de septiembre de 2023
página 14612/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 12 de septiembre de 2023, por la que se aprueba y da publicidad a los
formularios de declaración responsable para aprobación del Plan de Gestión de
Subproductos Ganaderos para determinadas explotaciones ganaderas, asociadas
al procedimiento de Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.
Mediante el Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de
Explotaciones Ganaderas de Andalucía se establece el procedimiento y los requisitos
necesarios para la inscripción en el mismo.
Así en el artículo 3, letra B) se establece que las explotaciones ganaderas deberán
contar con un Plan de Gestión de Residuos aprobado por la Delegación Provincial de
Consejería competente en materia de ganadería.
No obstante, con la publicación del Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por
el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas, se establecen
determinadas excepciones en relación a la aprobación de los Planes de Gestión de
Subproductos Ganaderos en explotaciones con capacidades inferiores a las 20 Unidades
de Ganado Mayor (UGM)y en otras explotaciones de tipo especial.
Por otro lado, en la Orden de 29 de abril de 2015, por la que se regula la ordenación
zootécnica, las condiciones de bienestar animal, sanitarias y de movimiento de los
équidos y de las explotaciones equinas, y su inscripción en el Registro de Explotaciones
Ganaderas de Andalucía, se establece que, para determinadas explotaciones, los
procedimientos asociados a la inscripción en el Registro General de Explotaciones
Ganaderas, deberán tramitarse por Declaración Responsable.
El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, determina en
el artículo 6.3.f) que, entre otros, es un criterio de reducción de cargas y simplificación
documental: La normalización documental, fundamentalmente de los formularios de
solicitud, declaraciones responsables, comunicaciones, certificaciones y documentos de
análogo carácter, diseñando modelos que faciliten y agilicen su cumplimentación, con los
datos mínimos necesarios para identificar a la persona interesada y facilitando, cuando
sea posible, su precumplimentación. Y el artículo 12.9 dispone que todos los formularios
y modelos específicos que tengan carácter obligatorio por establecerlo así de manera
expresa la norma o acto de aprobación, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
A la vista de los antecedentes citados, se hace necesaria la aprobación y publicación
de los formularios asociados a los procedimientos relacionados con la inscripción en el
Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.
RESU ELVO
Primero. Aprobación de los formularios.
1. Aprobar y dar publicidad a los modelos normalizados (Código de procedimiento 183
del Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía) que se relacionan a continuación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289607
Por lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de la competencia que me confiere el
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,