3. Otras disposiciones. . (2023/167-18)
Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se establece una nueva zona demarcada del organismo nocivo Epitrix sp, así como medidas fitosanitarias obligatorias para su control, en la provincia de Sevilla.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 167 - Jueves, 31 de agosto de 2023

página 13725/5

d) En su caso, se podrá determinar la implantación de cultivos trampa u otras medidas
que se estimen adecuadas desde el punto de vista técnico.
e) En el caso de explotaciones acogidas al sistema de producción ecológica, se
podrán aplicar medidas fitosanitarias de control de las señaladas en el apartado a)
compatibles con dicho sistema.
f) Se prohíbe el cultivo de la patata en las parcelas que se dediquen al cultivo
ecológico.
ANEXO III
Plantas hospedantes o sensibles

00288730

1. Hospedantes cultivados: Patata (Solanum tuberosum), tomate (Solanum lycopersicum),
tabaco (Nicotiana tabacum), berenjena (Solanum melongena) y pimiento (Capsicum annuum).
2. Hospedantes silvestres: Berenjena del diablo (Datura stramonium) y tomatito del
diablo (Solanum nigrum).
3. Cultivos sensibles: Familia de las coles, pepino, remolacha, acelga, lechuga, maíz
y judía.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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