3. Otras disposiciones. . (2023/166-13)
Resolución de 23 de agosto de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Huércal-Overa (provincia de Almería) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio de Huércal-Overa.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Miércoles, 30 de agosto de 2023

página 13701/11

convenio, salvo aplicación del apartado 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
- Decisión de cualquiera de las partes si sobreviniesen causas que impidiesen o
dificultasen de forma significativa su ejecución, siempre que sea comunicada por escrito
a la otra parte con una antelación mínima de un año.
- La suspensión definitiva del proyecto, acordada de conformidad entre las partes,
que deberá constar por escrito.
- Por decisión judicial firme declaratoria de la nulidad del convenio.
- Cualquier otra causa que le sea de aplicación en virtud de la legislación vigente.
Decimoprimera. Naturaleza y régimen jurídico de aplicación.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo competente la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa para conocer las cuestiones litigiosas que
pudieran suscitarse con ocasión del mismo.
En virtud de lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, el presente Convenio queda fuera del ámbito de aplicación de
la citada normativa, regulándose por sus propias cláusulas y se atendrá a las disposiciones
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de la Ley 7/1985,
de Bases de Régimen Local, de las Leyes Autonómicas 9/2007, de Administración de la Junta
de Andalucía, 5/2010, de Autonomía Local de Andalucía, y 9/2010, de Aguas de Andalucía,
así como del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y demás normativa de
aplicación, todo ello sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la referida Ley
de Contratos del Sector Público para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
Decimosegunda. Remisión a la Cámara de Cuentas.
Una vez suscrito este Convenio, y en el plazo máximo de tres meses, contados desde su
suscripción, se remitirá electrónicamente a la Cámara de Cuentas. Igualmente se comunicarán
las modificaciones, prórrogas o variaciones de los plazos establecidos, así como la alteración
de los importes de los compromisos económicos asumidos y la extinción del mismo.
Decimotercera. Protección de datos.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas entidades en el
desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente Convenio, atenderán
las disposiciones de obligado cumplimiento establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el Real
Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo
de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter
personal. También será de aplicación el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por
el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
Este convenio se somete a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Y en prueba de conformidad con lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las
atribuciones de que son titulares, los firmantes suscriben el presente Convenio, por
duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al comienzo expresados.
Por la Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, doña María del Carmen
Crespo Díaz; por el Alcalde del Ayuntamiento de Huércal-Overa, don Domingo Fernández Zurano.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00288709

Decimocuarta. Publicación.
El presente Convenio de colaboración se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.