3. Otras disposiciones. . (2023/166-14)
Resolución de 23 de agosto de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Fiñana (provincia de Almería) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración del municipio de Fiñana, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Miércoles, 30 de agosto de 2023

página 13702/4

de indicadores de renta media, empleo, densidad de población, edad de la población y
pérdida de población.
- Incide positivamente en el pilar de la transición ecológica al estar enmarcada en el
anexo VI del Reglamento UE 2021/241, del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, y dar respuesta a los objetivos ambientales perseguidos.
- No dispone de otra financiación que la indicada en el presente convenio.
XII. El Decreto 310/2003, de 4 de noviembre, delimita las aglomeraciones urbanas
para el tratamiento de las aguas residuales de Andalucía.
XIII. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
los instrumentos ordinarios de desarrollo y ejecución de la planificación de infraestructuras
de saneamiento y depuración serán los convenios de colaboración entre la Consejería
competente en materia de aguas y las entidades locales, conforme a lo previsto en el
artículo 9 de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía y se desarrollarán
conforme a las estipulaciones recogidas en dicho artículo.
XIV. Que, por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 17 de marzo de
2022, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio de colaboración y
se autoriza a su Alcalde don Rafael Montes Rincón a la firma del mismo.
XV. Que, de acuerdo con la política general de información y difusión a los ciudadanos
en materia de medio ambiente y, más concretamente, en materia de aguas, aspecto
fuertemente resaltado por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 23 de octubre de 2000, y por el impacto potencial que se prevé de tales medidas,
las Administraciones reunidas coinciden en la conveniencia de desarrollar acciones de
divulgación e información dirigidas a la población, sobre los objetivos, alcance y contenido
del presente Convenio.
Con base en todas las consideraciones expuestas, y en virtud de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo
con lo preceptuado en la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y lo dispuesto en
las Leyes Autonómicas 9/2007, de Administración de la Junta de Andalucía, 5/2010, de
Autonomía Local de Andalucía, y 9/2010, de Aguas de Andalucía, y demás normativa de
aplicación, las partes intervinientes, a través de las representaciones indicadas, suscriben
el presente Convenio conforme a las siguientes

Primera. Objeto del convenio.
1.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
es objeto del presente Convenio establecer el régimen de colaboración entre la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Fiñana
para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras
hidráulicas de depuración del municipio de Fiñana, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente convenio son Nueva EDAR de
Fiñana, provincia de Almería (expediente núm. CONTR 2021 0000603413; Clave
A6.304.1362/2111) consistentes básicamente en la construcción de una EDAR de
tecnología más acorde con la disponible en el núcleo principal de Fiñana así como la
renovación de un tramo de colector general del núcleo, actualmente cegado y de la
prolongación hacia el «Barrio Alto». Igualmente se ha previsto la realización de un nuevo
camino de acceso desde un camino de dominio público cercano.
1.3. El importe estimado total del convenio asciende a un millón ciento cuarenta y
un mil ochocientos treinta y nueve euros con sesenta y cuatro céntimos (1.141.839,64 €,
incluido IVA 21%).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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