3. Otras disposiciones. . (2023/166-14)
Resolución de 23 de agosto de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Fiñana (provincia de Almería) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración del municipio de Fiñana, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Miércoles, 30 de agosto de 2023
página 13702/2
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y facultada a los efectos del presente convenio por los
artículos 9 y 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
De otra, don Rafael Montes Rincón, Alcalde del Ayuntamiento de Fiñana que interviene
en la representación del municipio que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en ejercicio de las competencias que
establecen el artículo 25 de la citada ley y demás normas concordantes y facultado para
la firma del presente Convenio en virtud del acuerdo plenario adoptado en sesión del día
17 de marzo de 2022.
Las partes se reconocen mutuamente, en razón de la representación que ostentan,
capacidad suficiente para el otorgamiento del presente Convenio, y para asumir los
compromisos y obligaciones que de él se derivan, y a tal efecto
I. La Directiva 91/271/CEE del Consejo de la Comunidad Económica Europea, de 21
de mayo de 1991, sobre tratamiento de aguas residuales urbanas tiene como objetivo
proteger el medio ambiente de los efectos negativos de los vertidos de las aguas
residuales urbanas y de las aguas residuales procedentes de determinados sectores
industriales. El Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen
las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas (desarrollado por
Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo), transpone al ordenamiento jurídico español
dicha Directiva.
II. Asimismo, la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de
23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en
el ámbito de la política de aguas (Directiva Marco del Agua), regula la gestión de las
aguas superficiales, continentales, de transición, aguas costeras y subterráneas, con el
fin de prevenir y reducir su contaminación, fomentar su uso sostenible, proteger el medio
acuático, mejorar la situación de los ecosistemas acuáticos, paliar los efectos de las
inundaciones y de las sequías y conseguir «el buen estado ecológico» de todas las aguas
europeas.
III. El Gobierno de España aprobó, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27
de abril de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
para activar el empleo, la inversión y la economía españoles tras la intensa caída de
actividad provocada por la pandemia del COVID-19. El PRTR se configura con base en 4
objetivos transversales y 10 políticas palanca, entre las que se encuentra la política II de
Infraestructuras y ecosistemas resilientes y el componente 5 de Preservación del espacio
litoral y los recursos hídricos, que incluye en su Inversión núm.1 la materialización de
actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad
de infraestructuras. Las actuaciones, entre las cuales se encuentra la que es objeto de
este convenio, y que benefician a aglomeraciones urbanas comprendidas entre los 2.000
y 5.000 habitantes-equivalentes que no cumplan con los requisitos establecidos en la
Directiva 91/271/CEE y que no estén declarados de interés general del Estado, estarán
reguladas por la normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación a
dicho Plan.
IV. Dichas actuaciones se encuentran sujetas al cumplimiento de la normativa
aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo
de Recuperación («Next Generation UE»), entre otras, al Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00288712
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Miércoles, 30 de agosto de 2023
página 13702/2
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y facultada a los efectos del presente convenio por los
artículos 9 y 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
De otra, don Rafael Montes Rincón, Alcalde del Ayuntamiento de Fiñana que interviene
en la representación del municipio que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en ejercicio de las competencias que
establecen el artículo 25 de la citada ley y demás normas concordantes y facultado para
la firma del presente Convenio en virtud del acuerdo plenario adoptado en sesión del día
17 de marzo de 2022.
Las partes se reconocen mutuamente, en razón de la representación que ostentan,
capacidad suficiente para el otorgamiento del presente Convenio, y para asumir los
compromisos y obligaciones que de él se derivan, y a tal efecto
I. La Directiva 91/271/CEE del Consejo de la Comunidad Económica Europea, de 21
de mayo de 1991, sobre tratamiento de aguas residuales urbanas tiene como objetivo
proteger el medio ambiente de los efectos negativos de los vertidos de las aguas
residuales urbanas y de las aguas residuales procedentes de determinados sectores
industriales. El Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen
las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas (desarrollado por
Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo), transpone al ordenamiento jurídico español
dicha Directiva.
II. Asimismo, la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de
23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en
el ámbito de la política de aguas (Directiva Marco del Agua), regula la gestión de las
aguas superficiales, continentales, de transición, aguas costeras y subterráneas, con el
fin de prevenir y reducir su contaminación, fomentar su uso sostenible, proteger el medio
acuático, mejorar la situación de los ecosistemas acuáticos, paliar los efectos de las
inundaciones y de las sequías y conseguir «el buen estado ecológico» de todas las aguas
europeas.
III. El Gobierno de España aprobó, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27
de abril de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
para activar el empleo, la inversión y la economía españoles tras la intensa caída de
actividad provocada por la pandemia del COVID-19. El PRTR se configura con base en 4
objetivos transversales y 10 políticas palanca, entre las que se encuentra la política II de
Infraestructuras y ecosistemas resilientes y el componente 5 de Preservación del espacio
litoral y los recursos hídricos, que incluye en su Inversión núm.1 la materialización de
actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad
de infraestructuras. Las actuaciones, entre las cuales se encuentra la que es objeto de
este convenio, y que benefician a aglomeraciones urbanas comprendidas entre los 2.000
y 5.000 habitantes-equivalentes que no cumplan con los requisitos establecidos en la
Directiva 91/271/CEE y que no estén declarados de interés general del Estado, estarán
reguladas por la normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación a
dicho Plan.
IV. Dichas actuaciones se encuentran sujetas al cumplimiento de la normativa
aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo
de Recuperación («Next Generation UE»), entre otras, al Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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