3. Otras disposiciones. . (2023/166-16)
Resolución de 23 de agosto de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Almargen (provincia de Málaga) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio de Almargen, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Miércoles, 30 de agosto de 2023
página 13705/6
CL ÁUSUL AS
Segunda. Compromisos de las partes.
2.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
corresponde a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:
- La construcción de las infraestructuras Agrupación de vertidos y EDAR de Almargen,
provincia de Málaga.
- El abono del coste total de la actuación, que incluye: consultoría y servicios técnicos,
redacción de proyecto, dirección de obra, ensayos y controles varios, seguridad y salud,
ejecución de las obras, y cuantos costes sean necesarios para la correcta ejecución de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00288710
Primera. Objeto del convenio.
1.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, es
objeto del presente Convenio establecer el régimen de colaboración entre la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Almargen para la
construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de
depuración declaradas de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio
de Almargen en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del
Gobierno de España.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente convenio son Agrupación de vertidos
y EDAR de Almargen, provincia de Málaga (Expte núm. A6.329.1162/2111) consistentes
básicamente en la construcción de la agrupación de vertidos y estación depuradora de
aguas residuales junto con obras e instalaciones anejas necesarias para la prestación del
servicio.
1.3. El importe estimado total del convenio asciende a tres millones trescientos
veintitrés mil novecientos nueve euros con treinta y seis céntimos (3.323.909,36 €,
incluido IVA 21%).
1.4. El núcleo de población beneficiado es Almargen.
1.5. Los terrenos sobre los que se ubican las infraestructuras se localizan en el
plano del anexo. Las instalaciones del proyecto se implantarán sobre una superficie
aproximada, según Anejo Expropiaciones, de 10.132,07 m² de terrenos en el término
municipal de Almargen (Málaga).
1.6. Las infraestructuras objeto de construcción mediante este convenio, responden
al objetivo de cumplimiento de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 23 de octubre de 2000, de manera que la Junta de Andalucía, mediante
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2010, declaró de interés
de la Comunidad Autónoma de Andalucía aquellas actuaciones necesarias para el
cumplimiento del objetivo de calidad de las aguas, por lo que con la ejecución de la obra
objeto de este Convenio se culminan las infraestructuras declaradas de Interés de la
Comunidad Autónoma en el municipio de Almargen.
1.7. Igualmente con la ejecución de las obras objeto de este convenio se culminan las
infraestructuras de saneamiento y depuración en el municipio de Almargen del Convenio
de colaboración suscrito con fecha 13 de diciembre de 2007 entre la Junta de Andalucía
y los Ayuntamientos de la comarca del Guadalteba, por el que se fijan las bases y líneas
de actuación para la coordinación y mejora de la gestión de infraestructuras, en alta,
de los servicios públicos del ciclo integral urbano del agua en los ámbitos territoriales
correspondientes de la provincia de Málaga, entre los que se encuentra el ámbito del
municipio de Almargen, así como del Protocolo suscrito con fecha 19 de julio de 2017
entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería
de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía por el que
se definen las líneas a seguir por ambas Administraciones para el cumplimiento de la
Directiva 91/271/CEE, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Miércoles, 30 de agosto de 2023
página 13705/6
CL ÁUSUL AS
Segunda. Compromisos de las partes.
2.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
corresponde a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:
- La construcción de las infraestructuras Agrupación de vertidos y EDAR de Almargen,
provincia de Málaga.
- El abono del coste total de la actuación, que incluye: consultoría y servicios técnicos,
redacción de proyecto, dirección de obra, ensayos y controles varios, seguridad y salud,
ejecución de las obras, y cuantos costes sean necesarios para la correcta ejecución de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00288710
Primera. Objeto del convenio.
1.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, es
objeto del presente Convenio establecer el régimen de colaboración entre la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Almargen para la
construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de
depuración declaradas de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio
de Almargen en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del
Gobierno de España.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente convenio son Agrupación de vertidos
y EDAR de Almargen, provincia de Málaga (Expte núm. A6.329.1162/2111) consistentes
básicamente en la construcción de la agrupación de vertidos y estación depuradora de
aguas residuales junto con obras e instalaciones anejas necesarias para la prestación del
servicio.
1.3. El importe estimado total del convenio asciende a tres millones trescientos
veintitrés mil novecientos nueve euros con treinta y seis céntimos (3.323.909,36 €,
incluido IVA 21%).
1.4. El núcleo de población beneficiado es Almargen.
1.5. Los terrenos sobre los que se ubican las infraestructuras se localizan en el
plano del anexo. Las instalaciones del proyecto se implantarán sobre una superficie
aproximada, según Anejo Expropiaciones, de 10.132,07 m² de terrenos en el término
municipal de Almargen (Málaga).
1.6. Las infraestructuras objeto de construcción mediante este convenio, responden
al objetivo de cumplimiento de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 23 de octubre de 2000, de manera que la Junta de Andalucía, mediante
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2010, declaró de interés
de la Comunidad Autónoma de Andalucía aquellas actuaciones necesarias para el
cumplimiento del objetivo de calidad de las aguas, por lo que con la ejecución de la obra
objeto de este Convenio se culminan las infraestructuras declaradas de Interés de la
Comunidad Autónoma en el municipio de Almargen.
1.7. Igualmente con la ejecución de las obras objeto de este convenio se culminan las
infraestructuras de saneamiento y depuración en el municipio de Almargen del Convenio
de colaboración suscrito con fecha 13 de diciembre de 2007 entre la Junta de Andalucía
y los Ayuntamientos de la comarca del Guadalteba, por el que se fijan las bases y líneas
de actuación para la coordinación y mejora de la gestión de infraestructuras, en alta,
de los servicios públicos del ciclo integral urbano del agua en los ámbitos territoriales
correspondientes de la provincia de Málaga, entre los que se encuentra el ámbito del
municipio de Almargen, así como del Protocolo suscrito con fecha 19 de julio de 2017
entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería
de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía por el que
se definen las líneas a seguir por ambas Administraciones para el cumplimiento de la
Directiva 91/271/CEE, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Andalucía