3. Otras disposiciones. . (2023/164-26)
Resolución de 19 de agosto de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Diputación de Córdoba y el Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros (provincia de Córdoba) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio de San Sebastián de los Ballesteros.
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Número 164 - Lunes, 28 de agosto de 2023
página 13606/6
El abono se hará con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de
interés de la Comunidad Autónoma.
- La tramitación de los procedimientos de prevención y evaluación ambiental y demás
procedimientos que le correspondan de acuerdo con la normativa ambiental, así como,
en su caso, las modificaciones que procedan, previamente a la aprobación del proyecto
definitivo de construcción.
- La aprobación de los anteproyectos/proyectos de obra (acompañada de la
relación de bienes y derechos afectos y de la valoración de los mismos a efectos de
los correspondientes procedimientos expropiatorios) y resto de documentación técnica
necesaria para su ejecución.
- La licitación y adjudicación de las obras, sometiéndose la contratación a lo dispuesto
en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La licitación y
adjudicación se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, en su caso, en
el Diario Oficial de la Unión Europea.
- El envío al Ayuntamiento y a la Diputación de la información correspondiente a la
licitación, adjudicación, actas de replanteo, comienzo y finalización de las obras, así
como la comunicación, en un plazo no inferior a 15 días, de la fecha en que tendrán lugar
el acto de inicio y el acto de recepción de las obras, para asegurar su asistencia.
- La entrega a la Diputación Provincial de las instalaciones una vez finalizadas, según
lo estipulado en la Cláusula de Titularidad de las Infraestructuras, con la presencia del
Ayuntamiento.
- La presentación a la Comisión de Seguimiento con la periodicidad acordada en su
seno de un informe sobre el seguimiento de la ejecución de las infraestructuras, con los
hitos de desarrollo de las mismas.
2.2. Corresponde a la Diputación Provincial de Córdoba:
- La puesta a disposición de la Consejería, previa al inicio de las obras, de los
terrenos que sean necesarios ocupar temporal o definitivamente, así como los derechos
o servidumbres que sea preciso constituir y el resto de afecciones a bienes o derechos
de terceros realizando la Diputación, en su caso, el procedimiento de expropiación de
los terrenos necesarios a su favor en su condición de beneficiario de la expropiación,
incluyendo el alta en el Inventario de Bienes y Derechos de la Diputación Provincial, la
inscripción en el Registro de la Propiedad, la comunicación a Catastro y la remisión a la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía de las
altas en el Inventario de Bienes y Derechos de la Diputación Provincial de la inscripción
en el Registro de la Propiedad y de la comunicación a Catastro. La puesta a disposición
de la Consejería será libre de derechos, servidumbres y cargas para la Consejería y a
este respecto la Diputación aportará a la Consejería certificación del Secretario de la
Diputación sobre la libre disposición de los mismos, así como una memoria en la que
conste la depuración física y jurídica del bien o de los bienes.
- La asunción de los costes derivados de las expropiaciones.
- Todas aquellas obligaciones que según la legislación y normativa sectoriales en
materia de aguas y de expropiación le correspondan en su condición de beneficiario de
las obras.
- Aportar los contratos de suministro necesarios para la realización de las pruebas
de funcionamiento por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural con el tiempo suficiente para que la Consejería no tenga que incurrir en costos
adicionales a los contemplados en este convenio (mantenimiento y vigilancia de las
infraestructuras). Al efecto de los citados contratos de suministro, la Consejería aportará
la documentación técnica de obra, a nombre de la Diputación Provincial, necesaria para
la formalización de los mismos, y con tiempo suficiente para la tramitación administrativa
de dichos contratos.
- La realización de las pruebas de las instalaciones en el caso de que la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural no disponga de los contratos de suministro a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00288612
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 13606/6
El abono se hará con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de
interés de la Comunidad Autónoma.
- La tramitación de los procedimientos de prevención y evaluación ambiental y demás
procedimientos que le correspondan de acuerdo con la normativa ambiental, así como,
en su caso, las modificaciones que procedan, previamente a la aprobación del proyecto
definitivo de construcción.
- La aprobación de los anteproyectos/proyectos de obra (acompañada de la
relación de bienes y derechos afectos y de la valoración de los mismos a efectos de
los correspondientes procedimientos expropiatorios) y resto de documentación técnica
necesaria para su ejecución.
- La licitación y adjudicación de las obras, sometiéndose la contratación a lo dispuesto
en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La licitación y
adjudicación se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, en su caso, en
el Diario Oficial de la Unión Europea.
- El envío al Ayuntamiento y a la Diputación de la información correspondiente a la
licitación, adjudicación, actas de replanteo, comienzo y finalización de las obras, así
como la comunicación, en un plazo no inferior a 15 días, de la fecha en que tendrán lugar
el acto de inicio y el acto de recepción de las obras, para asegurar su asistencia.
- La entrega a la Diputación Provincial de las instalaciones una vez finalizadas, según
lo estipulado en la Cláusula de Titularidad de las Infraestructuras, con la presencia del
Ayuntamiento.
- La presentación a la Comisión de Seguimiento con la periodicidad acordada en su
seno de un informe sobre el seguimiento de la ejecución de las infraestructuras, con los
hitos de desarrollo de las mismas.
2.2. Corresponde a la Diputación Provincial de Córdoba:
- La puesta a disposición de la Consejería, previa al inicio de las obras, de los
terrenos que sean necesarios ocupar temporal o definitivamente, así como los derechos
o servidumbres que sea preciso constituir y el resto de afecciones a bienes o derechos
de terceros realizando la Diputación, en su caso, el procedimiento de expropiación de
los terrenos necesarios a su favor en su condición de beneficiario de la expropiación,
incluyendo el alta en el Inventario de Bienes y Derechos de la Diputación Provincial, la
inscripción en el Registro de la Propiedad, la comunicación a Catastro y la remisión a la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía de las
altas en el Inventario de Bienes y Derechos de la Diputación Provincial de la inscripción
en el Registro de la Propiedad y de la comunicación a Catastro. La puesta a disposición
de la Consejería será libre de derechos, servidumbres y cargas para la Consejería y a
este respecto la Diputación aportará a la Consejería certificación del Secretario de la
Diputación sobre la libre disposición de los mismos, así como una memoria en la que
conste la depuración física y jurídica del bien o de los bienes.
- La asunción de los costes derivados de las expropiaciones.
- Todas aquellas obligaciones que según la legislación y normativa sectoriales en
materia de aguas y de expropiación le correspondan en su condición de beneficiario de
las obras.
- Aportar los contratos de suministro necesarios para la realización de las pruebas
de funcionamiento por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural con el tiempo suficiente para que la Consejería no tenga que incurrir en costos
adicionales a los contemplados en este convenio (mantenimiento y vigilancia de las
infraestructuras). Al efecto de los citados contratos de suministro, la Consejería aportará
la documentación técnica de obra, a nombre de la Diputación Provincial, necesaria para
la formalización de los mismos, y con tiempo suficiente para la tramitación administrativa
de dichos contratos.
- La realización de las pruebas de las instalaciones en el caso de que la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural no disponga de los contratos de suministro a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00288612
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía