3. Otras disposiciones. . (2023/163-10)
Resolución de 19 de agosto de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Valle del Zalabí (provincia de Granada) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración del municipio de Valle del Zalabí, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 163 - Viernes, 25 de agosto de 2023
página 13566/4
de indicadores de renta media, empleo, densidad de población, edad de la población y
pérdida de población.
- Incide positivamente en el pilar de la transición ecológica al estar enmarcada en el
Anexo VI del Reglamento UE 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, y dar respuesta a los objetivos ambientales perseguidos.
- No dispone de otra financiación que la indicada en el presente convenio.
XII. El Decreto 310/2003, de 4 de noviembre, delimita las aglomeraciones urbanas
para el tratamiento de las aguas residuales de Andalucía.
XIII. Que con fecha 17 de febrero de 2005 se suscribió entre la Junta de Andalucía
y la Diputación Provincial de Granada Protocolo de colaboración por el que se fijan las
bases y líneas de actuación para la coordinación y mejora de la gestión de los servicios
públicos del ciclo integral urbano del agua y la financiación de sus infraestructuras en
alta en los ámbitos territoriales correspondientes de la provincia de Granada, entre los
que se encuentra el ámbito de territorial sistema de gestión Guadix-Marquesado al que
pertenece el municipio de Valle del Zalabí.
XIV. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
los instrumentos ordinarios de desarrollo y ejecución de la planificación de infraestructuras
de saneamiento y depuración serán los convenios de colaboración entre la Consejería
competente en materia de aguas y las entidades locales, conforme a lo previsto en el
artículo 9 de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía y se desarrollarán
conforme a las estipulaciones recogidas en dicho artículo.
XV. Que, por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 28 de enero de
2022, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio de colaboración y
se autoriza a su Alcalde don Manuel Sánchez Mesa a la firma del mismo.
XVI. Que, de acuerdo con la política general de información y difusión a los
ciudadanos en materia de medio ambiente y, más concretamente, en materia de aguas,
aspecto fuertemente resaltado por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 23 de octubre de 2000, y por el impacto potencial que se prevé de tales
medidas, las Administraciones reunidas coinciden en la conveniencia de desarrollar
acciones de divulgación e información dirigidas a la población, sobre los objetivos,
alcance y contenido del presente Convenio.
Con base en todas las consideraciones expuestas, y en virtud de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo
con lo preceptuado en la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y lo dispuesto en
las Leyes Autonómicas 9/2007, de Administración de la Junta de Andalucía, 5/2010, de
Autonomía Local de Andalucía, y 9/2010, de Aguas de Andalucía, y demás normativa de
aplicación, las partes intervinientes, a través de las representaciones indicadas, suscriben
el presente Convenio conforme a las siguientes
Primera. Objeto del Convenio.
1.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, es
objeto del presente Convenio establecer el régimen de colaboración entre la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Valle del Zalabí para
la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas
de depuración del municipio de Valle del Zalabí, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente convenio son Obras de mejora y
acondicionamiento de la EDAR de Alcudia de Guadix-Exfiliana (Valle del Zalabí), provinica
de Granada (Clave A5.318.883/2111) consistentes básicamente en la adecuación de la
EDAR de Alcudia de Guadix-Exfiliana incluyendo soluciones innovadoras que permitan
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00288578
CL ÁUSUL AS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 163 - Viernes, 25 de agosto de 2023
página 13566/4
de indicadores de renta media, empleo, densidad de población, edad de la población y
pérdida de población.
- Incide positivamente en el pilar de la transición ecológica al estar enmarcada en el
Anexo VI del Reglamento UE 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, y dar respuesta a los objetivos ambientales perseguidos.
- No dispone de otra financiación que la indicada en el presente convenio.
XII. El Decreto 310/2003, de 4 de noviembre, delimita las aglomeraciones urbanas
para el tratamiento de las aguas residuales de Andalucía.
XIII. Que con fecha 17 de febrero de 2005 se suscribió entre la Junta de Andalucía
y la Diputación Provincial de Granada Protocolo de colaboración por el que se fijan las
bases y líneas de actuación para la coordinación y mejora de la gestión de los servicios
públicos del ciclo integral urbano del agua y la financiación de sus infraestructuras en
alta en los ámbitos territoriales correspondientes de la provincia de Granada, entre los
que se encuentra el ámbito de territorial sistema de gestión Guadix-Marquesado al que
pertenece el municipio de Valle del Zalabí.
XIV. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
los instrumentos ordinarios de desarrollo y ejecución de la planificación de infraestructuras
de saneamiento y depuración serán los convenios de colaboración entre la Consejería
competente en materia de aguas y las entidades locales, conforme a lo previsto en el
artículo 9 de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía y se desarrollarán
conforme a las estipulaciones recogidas en dicho artículo.
XV. Que, por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 28 de enero de
2022, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio de colaboración y
se autoriza a su Alcalde don Manuel Sánchez Mesa a la firma del mismo.
XVI. Que, de acuerdo con la política general de información y difusión a los
ciudadanos en materia de medio ambiente y, más concretamente, en materia de aguas,
aspecto fuertemente resaltado por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 23 de octubre de 2000, y por el impacto potencial que se prevé de tales
medidas, las Administraciones reunidas coinciden en la conveniencia de desarrollar
acciones de divulgación e información dirigidas a la población, sobre los objetivos,
alcance y contenido del presente Convenio.
Con base en todas las consideraciones expuestas, y en virtud de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo
con lo preceptuado en la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y lo dispuesto en
las Leyes Autonómicas 9/2007, de Administración de la Junta de Andalucía, 5/2010, de
Autonomía Local de Andalucía, y 9/2010, de Aguas de Andalucía, y demás normativa de
aplicación, las partes intervinientes, a través de las representaciones indicadas, suscriben
el presente Convenio conforme a las siguientes
Primera. Objeto del Convenio.
1.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, es
objeto del presente Convenio establecer el régimen de colaboración entre la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Valle del Zalabí para
la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas
de depuración del municipio de Valle del Zalabí, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente convenio son Obras de mejora y
acondicionamiento de la EDAR de Alcudia de Guadix-Exfiliana (Valle del Zalabí), provinica
de Granada (Clave A5.318.883/2111) consistentes básicamente en la adecuación de la
EDAR de Alcudia de Guadix-Exfiliana incluyendo soluciones innovadoras que permitan
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00288578
CL ÁUSUL AS