3. Otras disposiciones. . (2023/144-46)
Resolución de 21 de julio de 2023, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se modifica la Resolución de 20 de mayo de 2020, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se delegan competencias en las personas titulares de las Secretarías Generales Provinciales de Justicia de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Viernes, 28 de julio de 2023

página 12688/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 21 de julio de 2023, de la Secretaría General de Servicios
Judiciales, por la que se modifica la Resolución de 20 de mayo de 2020,
de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se delegan
competencias en las personas titulares de las Secretarías Generales
Provinciales de Justicia de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y
Administración Local.
Con el fin de conseguir una mayor celeridad y simplificación en la tramitación y resolución
de los expedientes de jubilación y prolongación del servicio activo del personal funcionario
de carrera adscrito al régimen especial de la Seguridad Social denominado mixto,
el cual está integrado en el Régimen General de la Seguridad Social a los exclusivos
efectos de pensiones, si bien manteniendo su condición de mutualistas de la Mutualidad
General Judicial y teniendo acceso a todas las prestaciones reguladas en el Real Decreto
Legislativo 3/2000, de 23 de junio, y gestionadas por la Mutualidad General Judicial, de
acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional tercera, apartado 1, del Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, resulta aconsejable delegar la tramitación y resolución
de los expedientes referidos en las personas titulares de las Secretarías Generales
Provinciales de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
Por ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en uso de las atribuciones que
me han sido conferidas,
RESU ELVO

2. La presente resolución producirá efectos desde el mismo día de su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los procedimientos iniciados con
anterioridad serán tramitados y resueltos por los órganos objeto de delegación en esta
resolución.
Sevilla, 21 de julio de 2023.- La Secretaria General, Rosalía de los Ángeles Espinosa López.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00287694

1. Añadir al apartado primero, punto 1, de la Resolución de 20 de mayo de 2020, de la
Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se delegan competencias en las
personas titulares de las Secretarías Generales Provinciales de Justicia de la Consejería
de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, el siguiente epígrafe, con
relación a la delegación de competencias en las Secretarías Generales Provinciales
de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública:
u) La tramitación y resolución de las jubilaciones y prolongación del servicio activo
de los funcionarios de carrera adscritos al régimen mixto, conformado por el Régimen
General de la Seguridad Social, a los exclusivos efectos de pensiones, y por la condición
de mutualistas de la Mutualidad General Judicial, para todas las prestaciones reguladas
en el Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, y gestionadas por la Mutualidad
General Judicial.