3. Otras disposiciones. . (2023/139-39)
Orden de 1 de julio de 2023, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se resuelve, mediante actuaciones de replanteo, el establecimiento de los datos identificativos de la línea que delimita los términos municipales de Arcos de la Frontera y San José del Valle, ambos en la provincia de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Viernes, 21 de julio de 2023
página 12334/3
José del Valle, partiendo de la descripción contenida en el Acta de 8 de agosto de 1872 y
en el Decreto 82/1995 anteriormente citados, y con pleno respeto de los mismos, conforme
al Sistema Geodésico de Referencia ETRS89, expresando sus coordenadas en grados
sexagesimales con precisión mínima de cinco decimales y en proyección UTM huso 30
para la representación cartográfica.
En virtud de los Hechos y Fundamentos de Derecho que anteceden, y de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 10.4 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, en relación con
los artículos 26.2. m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, así como con las demás normas administrativas, concordantes
y de general aplicación, en uso de las facultades que me han sido conferidas,
RESU ELVO
Primero. La descripción de la línea divisoria que delimita los términos de Arcos de la
Frontera y San José del Valle, ambos en la provincia de Cádiz, de conformidad con el acta
de las operaciones de deslinde realizadas el día 8 de agosto de 1872 así como el Decreto
82/1995 y demás documentos complementarios contenidos en la página web del Instituto
Geográfico Nacional (www.ign.es), mediante la remisión expresa a su transcripción gráfica
y literal que consta en el informe de replanteo del Instituto de Estadística y Cartografía de
Andalucía de 13 de febrero de 2023, obrante en el expediente sobre esta línea.
Segundo. Dotar de coordenadas y de datos identificativos conforme al Sistema
Geodésico de Referencia actualmente vigente, a la línea divisoria que delimita los
términos municipales de Arcos de la Frontera y San José del Valle, ambos en la provincia
de Cádiz, figurando en el anexo a la presente orden los citados datos cartográficos.
Esta orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, fecha en la
cual surtirá efectos, y se dará traslado de la misma a los Ayuntamientos afectados, a
la Diputación Provincial de Cádiz, así como al Instituto de Estadística y Cartografía de
Andalucía.
Contra esta orden, con carácter general, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra esta orden, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el
plazo de dos meses, desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 1 de julio de 2023
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287347
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Viernes, 21 de julio de 2023
página 12334/3
José del Valle, partiendo de la descripción contenida en el Acta de 8 de agosto de 1872 y
en el Decreto 82/1995 anteriormente citados, y con pleno respeto de los mismos, conforme
al Sistema Geodésico de Referencia ETRS89, expresando sus coordenadas en grados
sexagesimales con precisión mínima de cinco decimales y en proyección UTM huso 30
para la representación cartográfica.
En virtud de los Hechos y Fundamentos de Derecho que anteceden, y de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 10.4 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, en relación con
los artículos 26.2. m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, así como con las demás normas administrativas, concordantes
y de general aplicación, en uso de las facultades que me han sido conferidas,
RESU ELVO
Primero. La descripción de la línea divisoria que delimita los términos de Arcos de la
Frontera y San José del Valle, ambos en la provincia de Cádiz, de conformidad con el acta
de las operaciones de deslinde realizadas el día 8 de agosto de 1872 así como el Decreto
82/1995 y demás documentos complementarios contenidos en la página web del Instituto
Geográfico Nacional (www.ign.es), mediante la remisión expresa a su transcripción gráfica
y literal que consta en el informe de replanteo del Instituto de Estadística y Cartografía de
Andalucía de 13 de febrero de 2023, obrante en el expediente sobre esta línea.
Segundo. Dotar de coordenadas y de datos identificativos conforme al Sistema
Geodésico de Referencia actualmente vigente, a la línea divisoria que delimita los
términos municipales de Arcos de la Frontera y San José del Valle, ambos en la provincia
de Cádiz, figurando en el anexo a la presente orden los citados datos cartográficos.
Esta orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, fecha en la
cual surtirá efectos, y se dará traslado de la misma a los Ayuntamientos afectados, a
la Diputación Provincial de Cádiz, así como al Instituto de Estadística y Cartografía de
Andalucía.
Contra esta orden, con carácter general, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra esta orden, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el
plazo de dos meses, desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 1 de julio de 2023
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287347
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS