3. Otras disposiciones. . (2023/138-45)
Resolución de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se aprueban proyectos de investigación e innovación educativa y de elaboración de materiales curriculares para el año 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Jueves, 20 de julio de 2023
página 12246/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Tecnologías
Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se aprueban proyectos de
investigación e innovación educativa y de elaboración de materiales curriculares
para el año 2023.
La Orden de la Consejería de Educación de 14 de enero de 2009 (BOJA núm. 21,
de 2 de febrero) regula las medidas de apoyo, aprobación y reconocimiento al profesorado
para la realización de proyectos de investigación e innovación educativa y de elaboración
de materiales curriculares.
Una vez hecha pública la propuesta de resolución de la convocatoria correspondiente
al año 2023, finalizado el plazo de presentación de alegaciones, reformulaciones y
renuncias, y tras el estudio de cada una de ellas, esta Dirección General de Tecnologías
Avanzadas y Transformación Educativa, en virtud de lo establecido en el artículo 10 de
la citada Orden de 14 de enero de 2009, y por delegación de la persona titular de la
Consejería competente en materia de educación
RESU ELV E
Primero. Aprobar los proyectos que se relacionan en los Anexos I, II y III de la presente
resolución en las condiciones que figuran en dichos anexos.
Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.4 de la Orden de 30 de
octubre de 2007, por la que se regula el procedimiento de inscripción y cancelación en
el Registro Andaluz de Grupos de Investigación Educativa en centros docentes públicos
dependientes de la Consejería y se establecen medidas para su reconocimiento, apoyo y
difusión, los equipos de profesorado participantes en los proyectos de investigación que
figuran en el Anexo I de la presente resolución serán incluidos de oficio en dicho Registro.
Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Orden de 10 de mayo
de 2006 para el resto de cuentas de centro y de la aplicación dada a los recursos,
corresponde al Consejo Escolar del centro la aprobación de los gastos del proyecto.
Sevilla, 13 de julio de 2023.- El Director General, Antonio Segura Marrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287268
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas
interesadas podrán interponer en el plazo dos meses, a contar desde el día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contenciosoadministrativo ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo competente,
conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso
de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación,
ante este órgano, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Jueves, 20 de julio de 2023
página 12246/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Tecnologías
Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se aprueban proyectos de
investigación e innovación educativa y de elaboración de materiales curriculares
para el año 2023.
La Orden de la Consejería de Educación de 14 de enero de 2009 (BOJA núm. 21,
de 2 de febrero) regula las medidas de apoyo, aprobación y reconocimiento al profesorado
para la realización de proyectos de investigación e innovación educativa y de elaboración
de materiales curriculares.
Una vez hecha pública la propuesta de resolución de la convocatoria correspondiente
al año 2023, finalizado el plazo de presentación de alegaciones, reformulaciones y
renuncias, y tras el estudio de cada una de ellas, esta Dirección General de Tecnologías
Avanzadas y Transformación Educativa, en virtud de lo establecido en el artículo 10 de
la citada Orden de 14 de enero de 2009, y por delegación de la persona titular de la
Consejería competente en materia de educación
RESU ELV E
Primero. Aprobar los proyectos que se relacionan en los Anexos I, II y III de la presente
resolución en las condiciones que figuran en dichos anexos.
Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.4 de la Orden de 30 de
octubre de 2007, por la que se regula el procedimiento de inscripción y cancelación en
el Registro Andaluz de Grupos de Investigación Educativa en centros docentes públicos
dependientes de la Consejería y se establecen medidas para su reconocimiento, apoyo y
difusión, los equipos de profesorado participantes en los proyectos de investigación que
figuran en el Anexo I de la presente resolución serán incluidos de oficio en dicho Registro.
Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Orden de 10 de mayo
de 2006 para el resto de cuentas de centro y de la aplicación dada a los recursos,
corresponde al Consejo Escolar del centro la aprobación de los gastos del proyecto.
Sevilla, 13 de julio de 2023.- El Director General, Antonio Segura Marrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287268
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas
interesadas podrán interponer en el plazo dos meses, a contar desde el día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contenciosoadministrativo ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo competente,
conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso
de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación,
ante este órgano, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía.