Disposiciones generales. . (2023/138-5)
Extracto de la Orden de 13 de julio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a las personas titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas especialmente afectadas por las condiciones de sequía, acogidas al régimen de mínimis, y se efectúa su convocatoria.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Jueves, 20 de julio de 2023
página 12362/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Orden de 13 de julio de 2023, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
no competitiva, destinadas a las personas titulares de explotaciones agrícolas y
ganaderas especialmente afectadas por las condiciones de sequía, acogidas al
régimen de mínimis, y se efectúa su convocatoria.
BDNS (Identif): 708537.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el año 2023 la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, destinadas a las personas titulares de explotaciones
agrícolas y ganaderas especialmente afectadas por las condiciones de sequía, en la
cuantía máxima de 10.000.000,00 euros.
Las ayudas se financiarán con créditos del Presupuesto de la Junta de Andalucía del
ejercicio 2023, acogidas al régimen de mínimis. La partida presupuestaria de la anualidad
2023 a la que se imputarán las ayudas correspondientes a esta convocatoria, así como la
cuantía máxima destinada a las ayudas, será la siguiente:
PARTIDA
1400010000 G/71B/47000/00 01
ANUALIDAD
2023
IMPORTE (euros)
10.000.000
Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán obtener la condición de personas o entidades beneficiarias de las subvenciones
las personas titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas, personas físicas o jurídicas,
comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio
separado sin personalidad jurídica pero con personalidad fiscal, que reúnan los requisitos
establecidos en el apartado cuarto de las bases reguladoras.
Tercero. Objeto.
Proporcionar asistencia a las personas titulares de explotaciones agrícolas y
ganaderas de los sectores productivos especialmente afectados por las condiciones de
sequía, con el fin de garantizar la continuidad de la actividad empresarial.
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
La ayuda consistirá en el pago de una cantidad a tanto alzado sobre la base de las
solicitudes de ayuda aprobadas. El importe máximo de la ayuda no podrá superar los
20.000 euros por persona beneficiaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287375
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 13 de julio de 2023, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia no competitiva, destinadas a las personas titulares de explotaciones
agrícolas y ganaderas especialmente afectadas por las condiciones de sequía, acogidas
al régimen de mínimis, y se efectúa su convocatoria, que se publica en el presente BOJA.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Jueves, 20 de julio de 2023
página 12362/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Orden de 13 de julio de 2023, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
no competitiva, destinadas a las personas titulares de explotaciones agrícolas y
ganaderas especialmente afectadas por las condiciones de sequía, acogidas al
régimen de mínimis, y se efectúa su convocatoria.
BDNS (Identif): 708537.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el año 2023 la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, destinadas a las personas titulares de explotaciones
agrícolas y ganaderas especialmente afectadas por las condiciones de sequía, en la
cuantía máxima de 10.000.000,00 euros.
Las ayudas se financiarán con créditos del Presupuesto de la Junta de Andalucía del
ejercicio 2023, acogidas al régimen de mínimis. La partida presupuestaria de la anualidad
2023 a la que se imputarán las ayudas correspondientes a esta convocatoria, así como la
cuantía máxima destinada a las ayudas, será la siguiente:
PARTIDA
1400010000 G/71B/47000/00 01
ANUALIDAD
2023
IMPORTE (euros)
10.000.000
Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán obtener la condición de personas o entidades beneficiarias de las subvenciones
las personas titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas, personas físicas o jurídicas,
comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio
separado sin personalidad jurídica pero con personalidad fiscal, que reúnan los requisitos
establecidos en el apartado cuarto de las bases reguladoras.
Tercero. Objeto.
Proporcionar asistencia a las personas titulares de explotaciones agrícolas y
ganaderas de los sectores productivos especialmente afectados por las condiciones de
sequía, con el fin de garantizar la continuidad de la actividad empresarial.
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
La ayuda consistirá en el pago de una cantidad a tanto alzado sobre la base de las
solicitudes de ayuda aprobadas. El importe máximo de la ayuda no podrá superar los
20.000 euros por persona beneficiaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287375
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 13 de julio de 2023, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia no competitiva, destinadas a las personas titulares de explotaciones
agrícolas y ganaderas especialmente afectadas por las condiciones de sequía, acogidas
al régimen de mínimis, y se efectúa su convocatoria, que se publica en el presente BOJA.