Disposiciones generales. . (2023/131-3)
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas para la adhesión de espacios municipales de titularidad pública a la Red Andaluza de Teatros Públicos, ejercicio 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Martes, 11 de julio de 2023

página 11738/4

- Persona responsable de la Red Andaluza de Teatros Públicos en la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales.
- Persona responsable de Abecedaria en la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales.
- Tres personas, de reconocido prestigio en el sector de la gestión y programación de
espacios escénicos.
Podrán asistir, con voz y sin voto, en calidad de asesores, las personas responsables
de las Áreas de Música y Danza, así como de la Oficina Técnica de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales.
La Comisión estará asistida por una persona licenciada en derecho adscrita a la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que actuará como secretario/a, con voz y
sin voto.
La composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada de
hombres y mujeres en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. En lo no previsto
por la presente resolución, la Comisión se regirá por lo establecido en la Sección 3.ª del
Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Sexto. Criterios de valoración.
Para la evaluación de las ofertas presentadas, la Comisión de Valoración tomará en
consideración los siguientes criterios:
1. Valoración de los aspectos artísticos y de gestión de la programación del teatro.
De 1 a 30 puntos
Se tendrá en cuenta el número de representaciones realizadas durante la temporada
anterior en relación con el presupuesto solicitado.
2. Valoración de la dotación presupuestaria. De 1 a 20 puntos.
3. Valoración de la dotación técnica del teatro. De 1 a 30 puntos.
4. Valoración del proyecto propio de mediación para la formación de público de 1 a 10
puntos.
5. Valoración del proyecto de espacio residente de 1 a 10 puntos.
En base a la valoración realizada por la Comisión se elaborará un orden de prelación
con la valoración obtenida por todos los solicitantes. La selección de los municipios se
realizará de acuerdo con el orden de prelación establecido por la Comisión y en función
de las disponibilidades presupuestarias.

Octavo. Programación.
Existirá un Catálogo para las modalidades de teatro, música, danza y circo
previamente valorado por los gestores culturales de los municipios adheridos a la Red
Andaluza de Teatros Públicos que asistan a las sesiones de evaluación de proyectos y
por personal técnico de la Agencia.
Los responsables de los teatros podrán seleccionar indistintamente espectáculos de
teatro, música, danza y circo, ya sea para público adulto o infantil, sin tener que limitarse
a una modalidad concreta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Séptimo. Aceptación del Programa Red Andaluza de Teatros Públicos.
Las entidades locales seleccionadas deberán comunicar su adhesión al programa en
un plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la resolución de la selección.
La adhesión al programa tendrá una vigencia de un año prorrogable a un año
adicional.
Se establecerá un plazo de 30 días naturales para la firma del convenio, a contar
desde el día siguiente de la recepción del texto del convenio firmado por la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales.