3. Otras disposiciones. . (2023/130-77)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, que rectifica la Resolución de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación de 23 de mayo 2023, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación Alejandro Rojas Marcos por la que se altera su ámbito territorial y se acuerda su inscripción por traslado, y la Resolución de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación de 9 de marzo de 2023, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la fusión por absorción de la Fundación Astigi, que es absorbida por la Fundación Alejandro Rojas Marcos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 130 - Lunes, 10 de julio de 2023
página 11656/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil
y Cooperación, que rectifica la Resolución de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación de 23 de mayo 2023, por la que se inscribe en el Registro
de Fundaciones de Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación
Alejandro Rojas Marcos por la que se altera su ámbito territorial y se acuerda
su inscripción por traslado, y la Resolución de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación de 9 de marzo de 2023, por la que se inscribe en el
Registro de Fundaciones de Andalucía la fusión por absorción de la Fundación
Astigi, que es absorbida por la Fundación Alejandro Rojas Marcos.
Vistos los expedientes de inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía, de la
modificación de estatutos de la Fundación AlejandroRojasMarcos y de fusión por absorción
de la «Fundación Astigi», que es absorbida por la «Fundación AlejandroRojasMarcos»,
sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 23.5.2022, se inscribió en el Registro de Fundaciones
de Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación AlejandroRojasMarcos por la
que se altera su ámbito territorial y se acuerda su inscripción por traslado. Posteriormente,
mediante Resolución de 9.3.2023, se inscribió en el Registro de Fundaciones de
Andalucía la fusión por absorción de la Fundación Astigi, que es absorbida por la
Fundación AlejandroRojasMarcos.
Segundo. Analizadas las resoluciones antes referidas, se advierte que por error se
resolvió:
• En la Resolución de fecha 23.5.2022, «inscribir la modificación de estatutos y
clasificar a la Fundación AlejandroRojasMarcos, atendiendo a sus fines, como entidad
cultural, ordenando su inscripción en la sección segunda, «fundaciones culturales, cívicas
y deportivas», del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número SE – 1595», si
bien debió resolverse en su lugar: «inscribir la modificación de estatutos y clasificar a la
Fundación AlejandroRojasMarcos, atendiendo a sus fines, como entidad cultural, ordenando
su inscripción en la sección segunda, «fundaciones culturales, cívicas y deportivas»,
del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número SE – 1595».
• En la resolución de fecha 9.3.2023 «inscribir en el Registro de Fundaciones
de Andalucía la fusión por absorción de la Fundación Astigi, que es absorbida por la
Fundación Alejandro Rojas Marcos», si bien debió resolverse en su lugar: «inscribir en el
Registro de Fundaciones de Andalucía la fusión por absorción de la Fundación Astigi, que
es absorbida por la Fundación AlejandroRojasMarcos».
Primero. Conforme al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia
de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286680
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 130 - Lunes, 10 de julio de 2023
página 11656/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil
y Cooperación, que rectifica la Resolución de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación de 23 de mayo 2023, por la que se inscribe en el Registro
de Fundaciones de Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación
Alejandro Rojas Marcos por la que se altera su ámbito territorial y se acuerda
su inscripción por traslado, y la Resolución de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación de 9 de marzo de 2023, por la que se inscribe en el
Registro de Fundaciones de Andalucía la fusión por absorción de la Fundación
Astigi, que es absorbida por la Fundación Alejandro Rojas Marcos.
Vistos los expedientes de inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía, de la
modificación de estatutos de la Fundación AlejandroRojasMarcos y de fusión por absorción
de la «Fundación Astigi», que es absorbida por la «Fundación AlejandroRojasMarcos»,
sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 23.5.2022, se inscribió en el Registro de Fundaciones
de Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación AlejandroRojasMarcos por la
que se altera su ámbito territorial y se acuerda su inscripción por traslado. Posteriormente,
mediante Resolución de 9.3.2023, se inscribió en el Registro de Fundaciones de
Andalucía la fusión por absorción de la Fundación Astigi, que es absorbida por la
Fundación AlejandroRojasMarcos.
Segundo. Analizadas las resoluciones antes referidas, se advierte que por error se
resolvió:
• En la Resolución de fecha 23.5.2022, «inscribir la modificación de estatutos y
clasificar a la Fundación AlejandroRojasMarcos, atendiendo a sus fines, como entidad
cultural, ordenando su inscripción en la sección segunda, «fundaciones culturales, cívicas
y deportivas», del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número SE – 1595», si
bien debió resolverse en su lugar: «inscribir la modificación de estatutos y clasificar a la
Fundación AlejandroRojasMarcos, atendiendo a sus fines, como entidad cultural, ordenando
su inscripción en la sección segunda, «fundaciones culturales, cívicas y deportivas»,
del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número SE – 1595».
• En la resolución de fecha 9.3.2023 «inscribir en el Registro de Fundaciones
de Andalucía la fusión por absorción de la Fundación Astigi, que es absorbida por la
Fundación Alejandro Rojas Marcos», si bien debió resolverse en su lugar: «inscribir en el
Registro de Fundaciones de Andalucía la fusión por absorción de la Fundación Astigi, que
es absorbida por la Fundación AlejandroRojasMarcos».
Primero. Conforme al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia
de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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